Contrato asociativo explotacion de tambo LEY
Ley 25.169
Régimen contractual especial. Naturaleza jurídica. Sujetos. Objeto. Duración.
Obligaciones del empresario-titular y del tambero-asociado. Obligaciones
comunes. Cláusulas contractuales. Resolución del mencionado contrato
asociativo. Rescisión del mismo. Retribución al tambero-asociado.
Disposiciones en materia previsional, fiscal y laboral.Sancionada: Septiembre 15 de 1999
Promulgada de Hecho: Octubre 6 de 1999
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de Ley:
CONTRATO ASOCIATIVO DE EXPLOTACIÓN TAMBERA
ARTICULO 1º — La explotación del tambo se organizará, a partir de la vigencia de
la presente ley, bajo el régimen contractual especial que se crea para tal fin,adoptando la denominación de contrato asociativo de explotación tambera.
ARTICULO 2º — Naturaleza jurídica. El contrato asociativo de explotación tambera
es de naturaleza agraria, que configura una particular relación participativa. A todo
lo no previsto en esta ley le son de aplicación las normas del Código Civil. Las
dudas que se planteen entre las partes se dirimirán ante el fuero civil.
ARTICULO 3º— Sujetos. Son sujetos del contrato asociativo:
a) Empresario-titular: es la persona física o jurídica, que en calidad de propietario,
poseedor, arrendatario o tenedor por cualquier título legítimo, dispone del predio
rural, instalaciones, bienes o hacienda que se afecten a la explotación tambera;
b) Tambero-asociado: es la persona física que ejecuta las tareas necesarias
destinadas a laexplotación del tambo, pudiendo para tal fin contribuir con equipos,
maquinarias, tecnología, enseres de su propiedad y con o sin personal a su cargo.
Dicha tarea es personal e indelegable.
ARTICULO 4º — Objeto. Será objeto exclusivo de la explotación, la producción de
leche fluida, proveniente de un rodeo, cualquiera fuera la raza de ganado mayor o
menor, su traslado, distribución y destino.
Dentro delobjeto se incluye como actividad anexa la cría y recría de hembras con
destino a reposición o venta.
Convencionalmente podrá incluirse como otra actividad anexa al producto de las
ventas de las crías machos, reproductores que se reemplacen y los despojos de
animales muertos
ARTICULO 5º — Duración. Los contratos que se celebren entre sí, empresariotitular y tambero-asociado, serán por el términoque de común acuerdo convengan.
Cuando no se estipule plazo se considerará que el mismo fue fijado por el término
de dos (2) años contados a partir de la primera venta obtenida por la intervención
del tambero-asociado.
No se admitirá la tácita reconducción del contrato a su finalización.
ARTICULO 6º — Obligaciones del empresario-titular:
a) El empresario-titular tiene exclusivamente su cargo ladirección y administración
de la explotación tambera, pudiendo delegar parcialmente dichas funciones, pero
no las relativas a la responsabilidad jurídica por las compraventas, créditos y
movimientos de fondos;
b) El empresario-titular está obligado a proporcionar una vivienda, para uso
exclusivo del tambero-asociado y su familia;
c) El empresario-titular como sujeto agrario autónomo seráresponsable por las
obligaciones emergentes de la legislación laboral, previsional, fiscal y de seguridad
social por los miembros su grupo familiar y sus dependientes;
d) El tambero-asociado deberá prestar conformidad en la elección de la empresa
donde se efectúe la venta de lo producido. Ante la falta de conformidad el
empresario-titular asumirá el riesgo por la falta de pago en tiempo y forma de laempresa.
ARTICULO 7º — Obligaciones del tambero-asociado:
a) El tamboero-asociado tendrá a su cargo las tareas necesarias para la
explotación;
b) Será responsable del cuidado de todos los bienes que integren la explotación
tambera;
c) El tambero-asociado deberá observar las normas de higiene en las instalaciones
del tambo, implementos de ordeñe y animales;
d) Deberá, asimismo, aceptar...
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