contrato colectivo
2º Clasificación del personal que labora en la empresa:
Grupos y categorías profesionales
La clasificación del personal en grupos en atención al cometido genérico que caracteriza la función de cada trabajador dentro de una empresa. En el Derecho español, los grupos profesionales más relevantes son los siguientes: técnicos, administrativos, mano de obracualificada o especialistas, y mano de obra no cualificada. Dentro de cada grupo, los trabajadores ostentan distintas categorías, pero todos ellos se reconducen al grupo.
Fijos y temporales y a tiempo parcial
Los temporales más significativos son:
Los trabajadores eventuales, que se contratan para las tareas anómalas, excepcionales, de muy breve duración: 6 meses.
Los trabajadores interinos,que atienden un puesto fijo mientras no se cubre adecuadamente.
Para obra o servicio determinado, contratados para mientras duren esa obra o servicio.
Por lanzamiento de nueva actividad.
Trabajadores temporales por dispensa legal, el puesto de trabajo puede ser permanente por naturaleza, pero la ley, para fomentar el empleo o por otras razones asimiladas, acepta su contratación por un tiempomáximo de tres años.
Otras situaciones son:
El trabajador fijo pero de trabajo discontinuo.
El trabajador a tiempo completo o a tiempo parcial.
3º Vacaciones: Es un descanso continuo, de duración determinada por la ley o los contratos, que se reconoce después de un año de servicios ininterrumpidos en la empresa, con la finalidad individual de reponer el desgaste físico o mental deltrabajador, y social, de promover el acercamiento familiar y de preservar y fortalecer el patrimonio de trabajo de la colectividad”
Artículo 219 LOT. Cuando el trabajador cumpla un (1) año de trabajo ininterrumpido[2] para un patrono, disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince (15) días hábiles. Los años sucesivos tendrá derecho además a un (1) día adicional remunerado por cada año deservicio, hasta un máximo de quince (15) días hábiles.
El periodo anual se comienza a computar desde la fecha de inicio de la relación de trabajo.
TOPE
4º Despido: Se entenderá por despido la manifestación de voluntad unilateral del patrono o de la patrona de poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores o trabajadoras.
a)Justificado, cuando el trabajador o trabajadora ha incurrido en una causa prevista por esta Ley.
b) No justificado, cuando se realiza sin que el trabajador o trabajadora haya incurrido en causa legal que lo justifique.
La LOTTT establece la garantía de estabilidad en el trabajo y la limitación de toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Ley son nulos.
CAUSASJUSTIFICADAS DE DESPIDO: (Artículo 79 LOTTT).
Serán causas justificadas de despido, los siguientes hechos del trabajador o trabajadora:
a) Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo.
b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa.
c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono o a la patrona, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él o ella....
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