Contrato de apertura de credito
CONTRATO DE APERTURA DE CREDITOQUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL BANCO BANAMEX, S.A. DE C.V. REPRESENTADO POR EL C. GERARDO MARTÍNEZ DEMESA A QUIEN PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DESIGNARA COMO "EL BANCO" Y POR LA OTRA EL C. JOSÉ VELÁZQUEZ GUADARRAMA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARA COMO "EL ACREDITADO", CONFORME A LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A SPRIMERA.- Con sujeción a las disposiciones legales aplicables y a las que en este contrato se estipulan, EL BANCO abre una línea de crédito de avio o refaccionario hasta por la cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) a favor de EL ACREDITADO. En el monto del crédito no quedan incluidos los intereses, comisiones, cargos y demás gastos que se originen con motivo del mismo.SEGUNDA.- EL ACREDITADO podrá disponer del crédito abierto, previa inscripción del presente instrumento, dentro del plazo de 30 días en una o varias entregas de dinero que EL BANCO le hará mediante la suscripción de pagarés que representarán el valor de las sumas suministradas en los términos del Artículo 325 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, o cuando se trate de la segunda oulteriores ministraciones del presente Crédito, mediante depósito en cuenta de cheques, conforme se estipula en la siguiente cláusula.
EL ACREDITADO se obliga a cubrir a EL BANCO una comisión por apertura de crédito equivalente al 8% del importe de la línea de crédito, más el Impuesto al Valor Agregado. Esta comisión será liquidada por EL ACREDITADO al momento de la apertura de crédito.
TERCERA.-ELACREDITADO se obliga a pagar en las oficinas de EL BANCO sin necesidad de requerimiento de cobro, las sumas de que disponga, así como los intereses devengados en las fechas establecidas.
En caso de que la fecha señalada para el pago sea día inhábil, éste se correrá al día hábil inmediato posterior, con el consiguiente pago de intereses.
CUARTA.- Sobre las cantidades de que disponga, EL ACREDITADOa partir de la fecha o fechas en que lo hiciere y hasta su total liquidación, pagará una tasa de interés, sin necesidad de previo requerimiento, en las oficinas de la Sucursal Centro de EL BANCO, o en el domicilio que éste designe, que se calculará bajo las siguientes bases:
a) Los intereses ordinarios sobre saldos insolutos que se calcularan sobre veinte puntos porcentuales fijos, en CETES.
Encaso de que desaparezca la tasa de referencia, o no se conozca su cotización, se establecen como tasas sustitutivas las siguientes que pueden ser: TIIE, CCP.
Para efecto de lo establecido en el presente inciso se define como:
CCP. El costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional que el Banco de México estime representativo del conjunto de las instituciones de bancamúltiple y que publique en el Diario Oficial de la Federación.
Tasa CETES. El promedio aritmético de las semanas que comprenda el último periodo mensual, de la tasa ponderada de rendimiento, equivalente a la de descuento, de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días colocados en emisión primaria, durante el periodo mencionado de acuerdo con las publicaciones efectuadas en los diariosde mayor circulación. El promedio se obtendrá sumando la tasa correspondiente a cada una de las semanas mencionadas, incluyendo la última tasa publicada antes de la fecha de corte de que se trate, y dividiendo la suma entre el número de semanas que conformen el periodo mensual que se obtuvo.
TIIE. La tasa de interés interbancaria de equilibrio determinada y dada a conocer periódicamente por elBanco de México. Dicha tasa es publicada en el Diario Oficial de la Federación el día hábil inmediato siguiente a aquél en que se determine.
b) EL ACREDITADO se obliga a pagar intereses moratorios sobre el importe de las amortizaciones no pagadas y vencidas del crédito, desde el día siguiente inmediato de su vencimiento y hasta el día en que queden total y completamente cubiertas, calculado...
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