contrato en favor de tercero
Articulo 1457º.- Definicion
Por el contrato en favor de tercero, el promitente se obliga frente al estipulante a cumplir una prestacion en beneficio detercera persona.
El estipulante debe tener interes propio en la celebracion del contrato.
Articulo 1458º.- Origen y exigibilidad del derecho del tercero
El derecho del tercero surge directa einmediatamente de la celebracion del contrato. Empero, sera necesario que el tercero haga conocer al estipulante y al promitente su voluntad de hacer uso de ese derecho, para que sea exigible,operando esta declaracion retroactivamente.
La declaracion del beneficiario puede ser previa al contrato.(*)
(*) Rectificado por Fe de Erratas publicado el 24-07-84.
Articulo 1459º.- Declaracion deherederos
La declaracion de hacer uso del derecho puede ser efectuada por los herederos del tercero beneficiario, salvo pacto distinto.
Articulo 1460º.- Falta de aceptacion del tercero
Si eltercero no acepta hacer uso del derecho, el estipulante puede exigir el beneficio en su favor.
Articulo 1461º.- Exigibilidad de cumplimiento al promitente
El estipulante tiene derecho a exigirel cumplimiento de la obligacion por el promitente. El mismo derecho le corresponde al tercero beneficiario una vez que haya efectuado la declaracion a que se refiere el articulo 1458 y a los herederosdel mismo en el caso del articulo 1459.
Articulo 1462º.- Exclusividad del tercero para exigir el cumplimiento
Cuando se deja exclusivamente al tercero el derecho de hacer exigible la obligaciondel promitente, el estipulante no podra exonerar a este.
Articulo 1463º.- Derecho de sustitucion del estipulante
El estipulante puede reservar en el contrato el derecho de sustituir al terceroindependientemente de la voluntad de este y de la del promitente.
La sustitucion a que se refiere el parrafo anterior no se trasmite a los herederos del estipulante, salvo pacto distinto....
Regístrate para leer el documento completo.