contrato individual de trabajo
Para los efectos de este Contrato, se entiende por "fracción" todo lo estipulado en una cláusula bajo el número romano que encabeza; por "inciso", todo lo estipulado en ella bajo laletra minúscula que encabeza, y por "párrafo", todo lo estipulado en ella, comprendido entre dos "punto y aparte".
CAPITULO PRIMERO
Estipulaciones Generales
CL \USULA I.—REPRESENTACION DEL SINDICATO.—Las Compañías tratarán con los Representantes debidamente acreditados del Sindicato, todos los asuntos de carácter colectivo que surjan entre ellas y sus trabajadores y todos los asuntos decarácter individual que surjan entre ellas y sus trabajadores que sean miembros del Sindicato, siempre que tales asuntos afecten los derecllos, prerrogatlvas o condiciones de trabajo de ellos y salvo casos de emergencia en que sea indispensable tratar directamente con el interesado; sin perjuicio de que las Compañías traten directa e iitdividualmente con los trabajadores todo lo relativo aldesempeño del trabajo que corresponda a los puestos de ellos
Los Representantes del Sindicato deberán ser trabajadores de las Compañias, quedando convenido que, en cada caso particular, una misma persona no podrá representar a las dos Partes, cuando por la propia naturaleza, del puesto que ocupe, ubiere de hacerlo como Representante de una de ellas.
CLAUSULA 2.—FACULTADES DE LOS REPRESENTANTES.—Parael mejor y más rápido despacho de los asuntos que se deriven de la aplicación de este Contrato pendientes de arreglo entre las Partes, éstas determinar4n las facultades y atribuciones de sus respectivos Representantes y reconocerán las que correspondan a los Representantes de la otra Parte.
Salvo las pláticas preliminares, los arreglos deberán llevarse a cabo entre Representantes debidamentefacultados para que las resoluciones que adopten obliguen a ambas Partes.
CLAUSULA 3—DERECHO A ASESORES.—En los asuntos que traten los Representantes de las Companías con lo s Representantes del Sindicato, unos y otros tendrán libertad para asesorarse de las personas que estirr.en conveniente.
Los asesores tendrán voz en las discusiones, pero no voto.
CLAUSULA 4.—CORRESPONDENCIA.—Cada unade Las Partes se obligue a contestar por escrito en ~orrra resolatoria, dentro de un plaza no mayor de quince días, todas Las comunicaciones que recite de la otra Parte que requieran resolución, y a acusar recibo dentro del citado plaza de aquellas comunicaciones de carácter meramente informativo
En el Distrito Federal, original N‑ copia de todas Las comunicaciones serán dirigidas al Gerente...
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