Contrato Laboral
Del condominio
CAPÍTULO I
Prevenciones generales
Artículo 1001.- Condominio es el régimen jurídico que integra las modalidades y limitaciones al dominio de un predio o edificación y la reglamentación de su uso y destino, para su aprovechamiento conjunto y simultáneo.
Los titulares de la propiedad en condominio reciben la denominación de condóminos. La titularidad puedereferirse a un espacio o a un uso y bienes determinados en forma exclusiva, cuyo aprovechamiento y disposición es libre, que se denominan áreas o bienes privativos; además la titularidad exclusiva está referida porcentualmente a las áreas y bienes de uso común, los que no podrán ser objeto de acción divisoria y son inseparables de la propiedad individual.
El conjunto de áreas y bienes privativos,con las áreas, instalaciones y bienes de uso común, que hacen posible su aprovechamiento por un grupo de titulares, se denomina unidad condominal.
El conjunto de bienes cuyo aprovechamiento y libre disposición corresponden a un condómino, se denomina unidad privativa.
Artículo 1002.- En atención al funcionamiento y aprovechamiento de los elementos comunes, por una o varias unidadescondominales, se clasifican en condominio simple o condominio compuesto.
El condominio es simple, cuando las áreas comunes y sus obras de infraestructura y equipamiento, corresponden a una sola unidad condominal.
El condominio es compuesto, cuando una parte de sus áreas comunes y obras de infraestructura y equipamiento, son aprovechadas por los titulares de dos o más unidades condominales, quecoexisten en un mismo predio.
Artículo 1003.- En atención a la distribución de las áreas comunes y privativas, respecto al predio y las edificaciones, el condominio se clasifica en horizontal, vertical y mixto.
El condominio es horizontal, cuando a cada condómino le corresponde como área privativa una fracción o lote del predio, con su edificación e instalaciones.
El condominio es vertical,cuando la totalidad del predio es bien común y una misma estructura arquitectónica, se divide en áreas privativas.
El condominio es mixto, cuando concurren las condiciones a que se refieren los párrafos anteriores, para los condominios horizontal y vertical.
Artículo 1004.- En atención a su uso, al condominio le corresponderá la categoría que determinen las normas urbanísticas de zonificación,como son: habitacional; alojamiento temporal; comercios y servicios; oficinas administrativas; abastos, almacenamientos y talleres especiales; manufacturas y usos industriales.
El condominio de servicios municipales, es aquel que está destinado a complementar el equipamiento urbano de una comunidad.
Artículo 1005.- Todo condominio habitacional, simple o compuesto, tendrá una extensión máximade diez hectáreas o una población que no exceda de dos mil quinientos habitantes. Estos límites de extensión territorial y de población podrán incrementarse hasta veinte por ciento, cuando por las características del lugar o de las funciones a desarrollar, de conformidad con las normas de urbanización aplicables, se demuestre la necesidad de zonas de mayor dimensión o población.
Loscondominios para usos o destinos distintos del habitacional tendrán la extensión máxima que determinen las normas municipales de zonificación.
Artículo 1006.- Para constituir el régimen de condominio respecto de un predio o edificación, se requiere que quien tenga su libre disposición, solicite y obtenga autorización del municipio donde se localice el inmueble y lo formalice en escritura pública, en laque se hará constar de manera clara, lo siguiente:
I. Los antecedentes de propiedad y en su caso el título que origine la libre disposición;
II. La ubicación, medidas y linderos del predio; y en su caso, las concesiones para el aprovechamiento de aguas, playas, esteros e islas del dominio público de la nación. Además cuando sea parte de un condominio compuesto, la noticia de...
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