contrato y salasrio
Introducción
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde sus inicios ha demostrado un gran interés por la regulación de las condiciones de trabajo en el sector marítimo, pasando a ocupar un lugar especial, tanto las condiciones trabajo de la gente de mar como de las cuestiones marítimas, en aras a conseguir un trabajo «decente» para la gente de mar. Esta preocupación le ha llevadoa celebrar múltiples reuniones, normalmente, reuniones de carácter específico, las reuniones marítimas1, que han examinado los diversos aspectos de la vida y del trabajo de la gente del mar, con la finalidad de poder mejorarlo.
Contrato Marítimo
Se puede definir el contrato de embarco como el contrato especial de trabajo que se celebra entre un tripulante de un buque ysu armador o naviero para regular la prestación de servicios a bordo.
Mientras el artículo 3 de la derogada ley de relaciones laborales definía el trabajo en el mar como una relación laboral de carácter especial, el vigente Estatuto de los Trabajadores guarda silencio y no lo menciona entre las mismas (art. 2). Si bien, la mejor doctrina (ORTEGA PRIETO, MONTOYA MELGAR) considera esta omisión comoun defecto del estatuto que no afecta a la peculiarísima naturaleza del trabajo a bordo. En efecto, la prestación de servicios en un buque -tanto mercante como de pesca- ofrece notas tan especiales que se ha llegado a dudar sobre el carácter contractual de la relación jurídica de trabajo a bordo. El contrato de embarco es, sin duda, un contrato de trabajo cuya singularidad nace del lugarde prestación laboral: un buque navegando. Esta circunstancia significa largas permanencias del trabajador en el centro de trabajo sin posibilidad de abandonarlo fuera de la jornada laboral o descanso, sometimiento a la autoridad del capitán o mando del buque (que es, además de representante de la empresa, autoridad revestida de potestades de derecho público, al menos durante la navegación), intervención del Estado enel enrolamiento y desarrollo del trabajo a bordo y regulación internacional del contrato de embarco, fundamentalmente por las normas de la organización internacional del trabajo sobre las «gentes del mar».
El régimen jurídico del contrato de embarco está contenido, en primer lugar, en el Estatuto de los Trabajadores, en algunas normas que regulan de forma imperativa las especialidades deeste contrato especial de trabajo (regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descanso, los requisitos a cumplir en materia de Seguridad Social, a efectos del despacho de las embarcaciones a la mar; normas sobre tripulaciones mínimas y seguridad de la vida humana en la mar, normas sobre los títulos profesionales en la marina mercante y pesca; normas sobre el empleo, desempleo y SeguridadSocial de los trabajadores del mar) en los respectivos convenios colectivos del sector marítimo pesquero y en los convenios de la Organización Internacional de Trabajo para gente de mar ratificados por España. Durante mucho tiempo, la regulación se basaba en las ordenanzas y reglamentaciones de trabajo en las empresas navieras, ordenanza de trabajo en las empresas consignatarias, reglamentaciónde trabajo en la industria de la pesca marítima, ordenanza de trabajo en la pesca de cerco y otras artes, pesca de arrastre, pesca de arrastreros al fresco, buques bacaladeros, congeladores y trabajo portuario.
El intervencionismo del Estado y de la Administración marítima y laboral son muy acusados en el contrato de embarco y así son precisas determinadas titulaciones (desdeel certificado de competencia de marinero hasta el título de capitán de la marina mercante o pesca) para embarcar, la posesión de la libreta de inscripción marítima, el reconocimiento médico previo al embarque que realiza el Instituto Social de la Marina, la inscripción en la oficina de colocación del propio Instituto y el enrolamiento en el buque como trámite previo al despacho del barco a la mar por la...
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