Contratos colectivos
Terminación e incumplimiento del contrato colectivo
Según el Art.256 del Código del Trabajo, los contratos o pactos colectivos terminan por las causales fijadas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 6 del Art. 169 de este mismo cuerpo legal.
Las causas señaladas en esteartículo son:
1.- Por las causas legalmente previstas en el contrato;
2.- Por acuerdo de las partes;
3.- Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto delcontrato;
4.- Por la muerte o incapacidad del empleador o extinción de la persona jurídica contratante, si no hubiese representante legal o sucesor que continúe la empresa o negocio; y,
5.- Por casofortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que loscontratantes no pudieron prever o que previsto, no pudieron evitar.
También terminan los contratos colectivos con la disolución o extinción de la asociación contratante, siempre y cuando no seconstituya otra que tome a su cargo el contrato celebrado por la anterior.
Con respecto al incumplimiento de los contratos colectivos, suponiendo que este proviene del empleador, existen tres formas dereclamar su incumplimiento. La primera de estas, es la reclamación directa, que hace la organización sindical al empleador, ya sea mediante comunicaciones, entrevistas directas, etcétera. La segunda,la reclamación administrativa, que consiste en solicitar la intervención de las autoridades del trabajo, a fin de exigir el cumplimiento de los contratos colectivos en aquellas cláusulas en las queel empleador ha violado las disposiciones contractuales. Y, el pliego de peticiones, que puede ser utilizada en primer término, si los trabajadores consideran que ni la reclamación directa ni la...
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