contratos con el gobierno federal
1. ¿Cuáles son las formas en que el Gobierno Federal lleva a cabo sus procesos de contratación de bienes, arrendamientos y servicios?
Las dependencias y entidades pueden optar por uno de los siguientes procedimientos, seleccionando aquél que, de acuerdo con la naturaleza de la contratación asegure al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,calidad, financiamiento, y demás circunstancias pertinentes:
I. Licitación pública;
II. Invitación a cuando menos tres personas, o
III. Adjudicación directa.
Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones, a fin de asegurar al Estado las mejorescondiciones disponibles.
2. ¿Qué criterios de igualdad para los participantes deben considerar las dependencias y entidades en sus procedimientos de contratación?
En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes. Las dependencias y entidades deben proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionadacon dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante.
3. ¿Qué son las excepciones de licitación?
Artículo 40.- En los supuestos que prevé el artículo 41 de esta Ley, las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos a través de los procedimientos de invitación a cuandomenos tres personas o de adjudicación directa. La selección del procedimiento de excepción que realicen las dependencias y entidades deberá fundarse y motivarse, según las circunstancias que concurran en cada caso, en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia que resulten procedentes para obtener las mejores condiciones para el Estado. El acreditamiento delo los criterios en los que se funda; así como la justificación de las razones en las que se sustente el ejercicio de la opción, deberán constar por escrito y ser firmado por el titular del área usuaria o requirente de los bienes o servicios.
En cualquier supuesto se invitará a personas que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, financieros y demás quesean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios objeto del contrato a celebrarse.
4. ¿Puede la dependencia o entidad modificar la convocatoria de la licitación?
Artículo 33. Las dependencias y entidades, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria,a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen.
Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente, adición de otros dedistintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
La convocante deberá realizar al menos una junta de aclaraciones, siendo optativa para loslicitantes la asistencia a la misma.
5. ¿Cuándo inicia y termina una licitación pública y una invitación a cuando menos tres personas?
(Art. 26, octavo párrafo) La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria y, en el caso de invitación a cuando menos tres personas, con la entrega de la primera invitación; ambos procedimientos concluyen con la emisión del fallo o, en su caso,...
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