CONTRATOS DE MUTUO
Conste por el presente documento UN CONTRATO DE MUTUO CON TITULO VALOR SIN DESPLAZAMIENTO, la Empresa INVERSIONES Y SERVICIOS DINABUSA S.A.C. con RUC Nº 20481278431, con domicilio en Av. Prolongación Huallaga N° 389 Urb. Palermo - Trujillo, debidamente representada por su Gerente General Sr. RAMOS SUSUKI LUIS AVELINO, identificado conD.N.I. Nº 17851431 con facultades debidamente inscritas en la partida Nº 11050056 del Registro de personas Jurídicas de la Libertad, a quien en lo sucesivo se denominara EL MUTUANTE; y de la otra parte La Empresa CONSTRUCTORA E IMPORTADORA DINABUSA S.A.C. con RUC Nº 20477399933, con domicilio en Av. Prolongación Huallaga N° 389 Urb. Palermo - Trujillo, debidamente representada por su Gerente GeneralSr. RAMOS SUSUKI LUIS AVELINO identificado con D.N.I. Nº 17851431 con facultades debidamente inscritas en la partida Nº 11175433 del Registro de personas Jurídicas de la Libertad, a quien en lo sucesivo se denominara EL MUTUATARIO; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
PRIMERO.-Por el presente contrato, El Mutuante da en calidad de mutuo a El Mutuatario la suma de S/.14,400.00 (CATORCE MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) suma que será entregada directamente a la Cuenta de los Proveedores de El Mutuatario según el siguiente detalle y destinado para lo indicado:
IMPORTE
REFERENCIA
S/. 8,100.00
Compra de materiales, equipos y mano de obra para instalación de sistema contra incendio, SERVICIOS Y MAQUINARIA S.A.
S/.6,300.00
Compra de acero inoxidable y canoplassegún medidas para pasamanos: MALQUI BACA MARILY.
Así mismo en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 28194 y por orden de El Mutuatario los depósitos se realizaran a la cuenta de sus proveedores, según los requerimientos de pago que se alcanzaran por El Mutuatario hasta alcanzar el monto pactado, evitando doble pago de ITF amparado en el Art.1224 del Código Civil.
SEGUNDO.- El Mutuatarioconforme al Art. 1663 del Código Civil, se obligan a devolver el capital mutuado, en un plazo de 5 años, que correrán a partir de la fecha del presente contrato. Asimismo las partes convienen que el capital mutuado y precisado en la Cláusula que antecede, devengará el máximo interés que fije para este tipo de operaciones, el Banco Central de Reserva del Perú. El pago se efectuará en nuevos soles.EL incumplimiento de ésta cláusula facultará al Mutuante a dar por vencido el plazo de cancelación y a ejecutar en su oportunidad este contrato y la garantía que él contiene.
TERCERO.- Para garantizar las obligaciones que se constituyen por el presente contrato, especialmente la devolución del capital mutuado, y sus intereses, El Mutuatario constituye a favor de El Mutuante, una Letra de Cambiofirmada por El Mutuatario y que garantizará preferentemente la obligación que genere el presente mutuo.
CUARTO.- El Mutuante ejecutara la Letra de Cambio firmada por El Mutuatario al vencimiento del plazo señalado líneas arriba en aplicación del Art. 144 de la Ley de Títulos Valores Ley Nº 27287.
QUINTO.- Ambas partes contratantes convienen que si El Mutuatario no cumple con el pago puntual de suobligación, referida en la cláusula segunda del presente contrato, deberá pagar a El Mutuante, por concepto de mora la cantidad de 0.5% del capital mutuado, por cada día de retraso, hasta la total cancelación.
SEXTO.- Las Partes declaran que en la redacción del presente contrato no ha mediado dolo, error, fraude, intimidación, ni ningún otro vicio de la voluntad que pueda invalidarlo,renunciando en consecuencia a toda acción u excepción que tienda a invalidar el presente contrato y se someten a lo dispuesto por los Artículos 1649 y Art. 1605 del Código Civil.
SETIMO.- El presente contrato podrá ser elevado a Escritura Pública a solicitud de cualquiera de las partes, en cuyo caso, todos los gastos notariales y registrales que se generen serán de cargo exclusivo de El Mutuatario....
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