contratos
El contrato bilateral es aquel contrato que genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes. Es un tipo de contrato que se contrapone al contrato unilateral,en el cual sólo nacen obligaciones para una de las partes (por ejemplo, el de donación).
En términos causa listas, la doctrina clásica afirma que en el marco de un contrato bilateral o sinalagmático,la causa de la obligación de un contratante tiene por objeto la obligación del otro, y recíprocamente. Esta visión permite considerar como nulo todo acuerdo carente de causa, es decir, no poseyendojustificación jurídica. En este caso, un juez puede verse obligado a recalificar el contrato con el fin de descubrir su verdadera naturaleza o podría incluso decretar la nulidad del contrato.
En estetipo de contratos cabe aplicar la excepción de inejecución, mediante la cual una de las partes puede a negarse a cumplir sus obligaciones amparada por el incumplimiento de la contraparte de sus propiasobligaciones.
El ejemplo más clásico es el del contrato de compraventa en que:
• Una parte (el vendedor) se obliga a la entrega de un bien, y la otra (el comprador) al pago de su precio;
• Unaparte (el comprador) se obliga a pagar el precio a otra (el vendedor) que se obliga por su parte a transferir la propiedad de la cosa, situación propia del Derecho Francés.
Existen, sin embargo,multitud de contratos bilaterales, con obligaciones recíprocas, como los arrendamientos, las permutas, las prestaciones de servicios o tantos otros.
B.- Contrato Conmutativo:
Un contrato conmutativoes aquel contrato que genera obligaciones y cargas contractuales equivalentes y recíprocas entre las partes. En doctrina se considera que sólo los contratos bilaterales y onerosos pueden ser contratosconmutativos (contratos onerosos conmutativos) siempre y cuando las obligaciones mutuas sean equivalentes.
Se sostiene que estos contratos resultan más justos para los contratantes. Dicha justicia...
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