contratos
Por medio de la presente conste un contrato de prestación de servicios que celebra de una parte el Sr. JOSÉ MARÍA PACORI CARI, con DNI 40661255, con dirección domiciliaria en calle José Gálvez G-10, Hunter, a quien en adelante se le denominará abogado y de la otra parte ARMANDO FUENTES ARANGO, con DNI 29444709, con domicilio real en la calle Tiberio 13,distrito de José Luis Bustamante y Rivero a quien se le llamará el cliente, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERO. Por medio de la presente el Abogado se compromete a prestar sus servicios para el trámite de un proceso laboral por cese de hostilidad que se tramitará por ante la Corte de Justicia de Arequipa.
SEGUNDO. El cliente se obliga por estos servicios a pagar la suma de tres mil nuevossoles al término de los servicios prestados, siendo de cuenta del cliente el pago de los impuestos que se generen.
TERCERO. El presente contrato es uno de servicios, más no de resultados, estando a los casos de fuerza mayor y caso fortuito que se generen.
CUARTO. En caso de variar de abogado con existencia de sentencia fundada ya sea en primera, segunda instancia o casación, se abonará al Abogadocomo penalidad la suma de dos mil nuevos soles. Si el expediente se encuentra en ejecución de sentencia favorable al demandante, la penalidad será de tres mil nuevos soles.
QUINTO. Las partes declaran que renuncian a la competencia jurisdiccional de sus domicilios para señalar la misma en la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Central
Se declara que en la firma del presente contratono ha media dolo, vicio ni error, a lo que en conformidad firman las partes a los catorce días del mes de mayo de 2013.
JOSÉ MARÍA PACORI CARI (abogado)
DNI 40661255
ARMANDO FUENTE ARANGO (cliente)
DNI 29444709
CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO
Conste por el presente documento, el contrato privado de Arrendamiento, sujeto a los términos, normas y disposiciones de la Ley No1681 y demás pertinentes del Código de Procedimientos Civiles y Ley Orgánica del Poder Judicial que celebran de una parte el Señor JACINTO RAUL PEREZ DE CUELLAR, identificado con DNI No 0822613197, con domicilio en Calle Monseñor Luis Lituma Portocarrero No 1743, Urbanización Pando, Etapa 1, Distrito de San Miguel, a quien en adelante se le denominara EL ARRENDADOR; y de la otra parte el SeñorJUAN MAXIMO PEREDA TEZA, identificado con DNI No 29474626 y la Señora SOFIA ROSA NUÑEZ DE PEREDA, identificada con DNI No 95434121, domiciliados en Jr. Fernando Williams No 3005, Urbanización Los Pilares, Callao; a quienes en adelante se les denominara LOS ARRENDATARIOS, de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- EL ARRENDADOR procede en nombre y representación del Señor ALEXAUGUSTO PEREZ identificado con DNI No 06298446, en su calidad de propietario del inmueble en materia del presente Contrato, según Poder general y especial inscrito en la Partida No 1178340561 del Registro de Mandatos y Poderes de Lima.
SEGUNDO.- Ambas partes declaran que el presente Contrato regirá únicamente por las normas y disposiciones de la Ley No 1681 del Código Civil enunciadas en laintroducción.
TERCERO.- EL ARRENDADOR da en arrendamiento a LOS ARRENDATARIOS el departamento ubicado en Calle Monseñor Luis Lituma Portocarrero No 1745, Segundo Piso, Urbanización Pando, Etapa 1, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, cuyos detalles y características se encuentran consignadas e inscritas debidamente ante la Oficina Registral de Lima y Callao. Consta de seis (6)ambientes: un (1) dormitorio principal con dos closets empotrados y 1 cómoda; y dos (2) dormitorios sin closets con pisos de parquet, lo mismo que la sala comedor; cocina, lavandería con reposteros de madera caoba, paredes enchapadas con mayólica, un baño completo con tina, bidet, sanitarios y lavatorio de color, paredes enchapadas con mayólica, un hall y un balcón.
Este departamento será habitado...
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