contratos
I. CONTRATOS BANCARIOS
1. CONCEPTO
Nuestro sistema carece de una regulación completa y sistemática de los que se han denominado “contratos bancarios”
Algunos autores sostienen que se caracterizan inicialmente por la nota subjetiva de que en ellos interviene una entidad crediticia,entendiendo por tales las que define la ley 26/1988, de 29 julio, de intervención y disciplina de entidades de crédito como “ empresas que tienen como actividad típica y habitual captar fondos del publico, en forma de deposito, préstamo, cesión temporal de activos financieros y otras análogas que comporten la obligación de restitución, empleando tales fondos en la concesión de créditos por cuentapropia”.
Otros acentúan los aspectos objetivos y sostienen que son bancarios “aquellos contratos por los que se desarrolla la actividad típica y especifica de intermediación crediticia”.
Finalmente, la mayoría de la doctrina sostiene la exigencia de la concurrencia de ambas notas subjetivas y objetiva, y así CORTÉS define el contrato bancario como “el concluido por una entidad de crédito en eldesarrollo de su actividad característica”, y de forma descriptiva indica VICENT CHULIÁ que es “el estipulado profesionalmente por un banco, hoy por toda Entidad de crédito, generalmente sobre dinero, crédito o títulos valores, bien de forma esporádica (operaciones de caja y ventanilla) o bien dentro de una relación permanente con un cliente (relación de cuenta corriente)
2. CARACTERES
A)SUMISIÓN A CONDICIONES GENERALES
Pese a que rige el principio de libertad de contratación, los contratos bancarios suelen someterse a condiciones generales predispuestas por las entidades crediticias, sujetas al Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y la Ley 7/1998, de 13abril de condiciones generales de la contratación.
La sentencia de 21 de enero de 1999 del TJCE admitió que el uso de condiciones uniformes no es contrario al artículo 85 del Tratado de la Unión.
B) DIGITALIZACIÓN
Se trata de un sector profundamente influido por los avances tecnológicos, hablándose de la “banca digital” lo que repercute en que en los contratos bancarios se someten cada vezcon mayor frecuencia a las previsiones de la ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y de la ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
C) OBSERVANCIA DE BUENAS PRACTICAS
La actividad contractual de los bancos esta sujeta al cumplimiento de ciertos deberes dirigidos a proteger a los contratantes y usuarios de los serviciosbancarios, entre ellos:
Documentación: La orden de 12 de diciembre de 1989, desarrollada por diversas circulares del banco de España, impone la obligación de entregar al cliente un ejemplar del contrato. En él se deberán reflejar determinados extremos entre los que destaca el referido al importe efectivo de la operación y la tasa anual equivalente.
Contabilización: debe llevar unacontabilidad detallada y actualizada
Transparencia: transparencia de determinados extremos mediante utilización de formulas normalizadas.
Información: dada la gran complejidad de la operativa bancaria, tiene especial importancia el deber de facilitar al cliente antecedentes de las operaciones.
Secreto: este deber ha sido considerado como esencial en las relaciones del banco con el cliente, sinembargo quiebra frente: a la hacienda publica a tenor del art. 111 de la ley general tributaria; a la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales de conformidad con la ley de 28 de diciembre de 1993; y en determinadas condiciones según la instrucción 1/95 de la Agencia de Protección de Datos, a efectos de información sobre solvencia.
D) RIGOR DE LA RESPONSABILIDAD
La profesionalidad de...
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