contratos
CONTRATOS DE
“FUNCIÓN JURÍDICA”
CONTRATOS
DE FUNCIÓN
JURÍDICA
1). DEPÓSITO
2). MANDATO
( Código Civil vigente para el Estado de Jalisco )
Capítulo I
“ CONTRATO DE DEPÓSITO ”
CONCEPTO DE
CONTRATO DE DEPÓSITO
Eldepósito
depósitoes
esun
uncontrato
contratoen
envirtud
virtuddel
delcual,
cual,
El
depositariomediante
medianteuna
unaretribución,
retribución,
eleldepositario
seobligaobligahacia
haciaeleldepositante
depositanteaarecibir
recibiruna
unacosa
cosa
se
muebleooinmueble
inmuebleyyaaguardarla
guardarlapara
pararestituirla
restituirla
mueble
cuandoéste
éstelo
losolicite.
solicite.
cuando
( Pérez, Fernández del Castillo Bernardo )
Código Civil para el
Distrito Federal
Código Civil para el
Estado de Jalisco
Artículo
2516.El
depósito es un contrato por
el cual eldepositario se
obliga hacia el depositante
a recibir una cosa, mueble o
inmueble, que aquél le
confía, y a guardarla para
restituirlo cuando la pida el
depositante.
Artículo 2167.‑ El
depósito es un contrato
por el cual el depositario
recibe del depositante un
bien, mueble o inmueble,
que aquél le confía y se
obliga a guardarlo para
restituirlo cuando lo pida
el depositante.
El depósito es uncontrato mediante el cual,
el depositario, se obliga a custodiar una cosa,
mueble o inmueble que otra parte,
el depositante, le confía, y a restituirla cuando
éste se la pida.
( Treviño, García Ricardo )
OBLIGACIÓN,
POR PARTE DEL
DEPOSITARIO,
DE RECIBIR EL BIEN
PARA SU GUARDA
LA GUARDA Y
CONSERVACIÓN
DEL BIEN
ELEMENTOS DEL
DEPÓSITO
LA RESTITUCIÓN
DEL BIEN AL
DEPOSITANTE
CONTRATO DE DEPÓSITO
Sondos las partes que intervienen en
el contrato de depósito y se
denominan:
PARTES
1). “DEPOSITANTE”. Es la parte
que entrega el bien para su guarda.
2). “DEPOSITARIO”. Es la parte
que recibe el bien y se obliga a
guardar.
CLASIFICACIÓN
DEL CONTRATO DE
“DEPÓSITO”
1). PRINCIPAL
2). BILATERAL
3). ONEROSO POR NATURALEZA
4). GRATUITO
5). CONSENSUAL EN OPOSICIÓN
A REAL
6). FORMAL
7). OBLIGACIONAL8). DE TRACTO SUCESIVO
9). INTUITU PERSONAE
CONTRATO DE DEPÓSITO
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
Por su otorgamiento es un contrato:
PRINCIPAL: Toda vez que para su existencia y
validez no requiere de otro contrato, es decir, existe y
subsiste por sí mismo.
Atendiendo a sus efectos:
BILATERAL: Porque hay derechos y
obligaciones para ambas partes.
Ambas partes se obligan:
1. El depositante a entregarel bien depositado.
2. El depositario a recibir el bien, conservarlo y
restituirlo.
( Artículo 2167, CC Jal.)
CONTRATO DE DEPÓSITO
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
Atendiendo a sus estipulaciones es:
a). ONEROSO: Por naturaleza tiene esa
característica, los provechos y gravamenes son
recíprocos.
Tambiés es “conmutativo”, desde la celebración
del contrato se conoce el carácter de ganancioso operdidoso.
b). GRATUITO: Cuando de modo expreso se
conviene que no se pagará ninguna retribución al
depositario.
( Artículo 2169 - 2170, CC Jal.)
CONTRATO DE DEPÓSITO
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
Por su perfeccionamiento es un contrato:
a). CONSENSUAL EN OPOSICIÓN A REAL:
En razón de que para su perfeccionamiento NO se
necesita la entrega del bien, sólo es necesario el
“acuerdo de voluntad de las partes”.b). FORMAL.- El legislador asigna una forma
necesaria para su validez, razón por la cual la
voluntad debe ser exteriorizada de la manera exigida
por la ley, de lo contrario el acto puede ser anulado.
Es decir, el Código Civil del Estado de Jalisco,
exige que el contrato de depósito, conste por
“escrito”. ( Artículo 2168, CC Jal.)
Artículo 2168.‑ El depósito debe celebrarse
por “escrito”.
Altexto del contrato, debe añadirse un inventario
de los bienes entregados en depósito y
las condiciones en que éstos se encuentren
y el trato especial que requieran para su
conservación.
( Código Civil para el Estado de Jalisco )
CONTRATO DE DEPÓSITO
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
Por su cumplimiento es:
a). DE TRACTO SUCESIVO: En razón de que
sus efectos se prolongan a través del tiempo.
b). INTUITU...
Regístrate para leer el documento completo.