control de lectura art. 14, 16 y 20
El art. 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que ninguna ley tendrá poder de atentar en contra deninguna persona ya sea física o moral sin motivo alguno. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sin antes haber tenido un juicio previo. Se prohíbeque en los juicios del orden criminal imponer o inventar sentencias que no estén establecidas por un ley correspondiente y aplicable. En los juicios del orden civil, se tomara sentencia conforme a laletra o interpretación jurídica de la ley.
Según el art. 16 constitucional nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sin tener motivo o mandamientoescrito por una autoridad que fundamente cabalmente el motivo del procedimiento. Únicamente la autoridad judicial puede liberar orden de aprensión luego de haber llevado estricta y correctamente losprocedimientos necesarios que son una denuncia precedente, acusación o querella de un hecho que según dicte la ley sea considerado como delito y sancionado con pena de privación de la libertad y se tengaslas pruebas prudentes en contra del acusado.
Cualquier persona puede detener al indiciado únicamente en caso de delito flagrante, o sea, que sea testigo del delito y posteriormente entregarlo a lasautoridades correspondientes para que se lleve a cabo los procedimientos requeridos.
El ministerio publico no podrá retener por más de 48 horas a un indiciado o presunto culpable, pasadas esta tendráque dejarlo en libertad o en manos de la autoridad judicial; únicamente en caso de que la ley considere como delincuencia organizada podrá duplicarse el plazo anteriormente mencionado. El abuso dedicha disposición será sancionado por la Ley Penal.
La correspondencia que circule por las estafetas, estará libre de todo registro y su violación será sancionada por la ley.
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