Control De Supuestos Comunes A Las Testamentarias
NOMBRE DEL ARTÍCULO O BIBLIOGRAFÍA: Vocación y Delación Hereditaria AUTOR ( S ): RAFAEL ROJINA VILLEGAS |-------------------------------------------------
ANALISIS DEL MATERIAL EN ESTUDIO POR EL ALUMNO:-------------------------------------------------
Concepto Se trata de términos propios reconocidos en elderecho romano para designar respectivamente al llamamiento virtual que se hace por la ley o por el testamento a lso herederos, en el instante preciso de la muerte del autor de la sucesión, y alllamamiento real y efectivo que se opera en el juicio sucesorio por medio de edictos convocando a los que se crean con derecho a una herencia La vocación legítima o testamentaria es el llamamiento virtualque por ministerio de la ley se hace todos los que se crean con derecho una herencia en el instante preciso en que muera el autor de la misma o al declararse la presunción de muerte del ausente.Además de este llamamiento virtual, existe el llamamiento real que se llama delación y que, según los distintos sistemas positivos, se lleva a cabo en forma de edictos, como disponía el Código Procesalanterior, convocando a los que se creían con derecho a la herencia legítima, o citando personalmente a los que aparecían instituidos en el testamento. El Código Procesal vigente requiere que en todadenuncia de intestado, el denunciante indique los nombres y domicilios de los presuntos herederos para que sean notificados y pueda concurrir al juicio. Tiene importancia no sólo procesal, sino civil,distinguir estos dos momentos: el de la vocación como llamamiento virtual y el de la delación hereditaria como llamamiento real, emplazando a los herederos al juicio. Desde el punto de vista civilambos momentos se retrotraen o refieren siempre al instante de la muerte del de cujus para que cualquiera que sea la fecha de radicación del juicio, el juez declare legalmente abierta la sucesión desde...
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