control desde poderes
TECNOLÓGICO
LATINOAMERIC
ANO
“EL CONTROL DESDE EL PODER
LEGISLATIVO Y JUDICIAL”
JESSICA ORTIZ ALONSO
DIANA LAURA FLORES NAVA
SAUL BUTRÓN CHAPA
El Control de constitucionalidad es elmecanismo jurídico por el cual, para
asegurar el cumplimiento de las normas
constitucionales,
se
realiza
un
procedimiento de revisión de las normas
ordinarias, y en caso de contradicción con
laConstitución se procede a la
invalidación de las normas de rango
inferior que no hayan sido hechas en
conformidad con aquellas. El fundamento
de este control es el mantenimiento
del Principio
de
SupremacíaConstitucional
El control de constitucionalidad tiene
como fundamento el principio
de supremacía constitucional, esto es que
la Constitución de un país es la norma de
mayor jerarquía a la cualdeben sujetarse
las normas de rango inferior,
entendiéndose por tales a las leyes
dictadas por el parlamento, los decretos y
demás resoluciones dados por el Poder
Ejecutivo o por entidades autárquicas ylas sentencias y demás resoluciones de
los jueces, por lo cual las normas que
presuntamente no se ajusten al texto o
normas constitucionales serán sometidas
a este procedimiento.
Según los órganos decontrol
Judiciales (o con fisonomía judicial): el
control se encarga a tribunales,
pertenecientes o no al Poder Judicial. Es
reparador porque se realiza después de la
sanción de la norma. Estavariante se
subdivide en tres:
Difuso
(o desconcentrado): cualquier juez
puede realizar la verificación de
constitucionalidad.
Concentrado (o especializado): Implica que
el Control Constitucional seaejercido por un
Tribunal que cumpla dicha función para lo cual
es necesario el uso de la acción de
inconstitucionalidad y el resultado es la
extinción de la norma demandada a través de la
declaratoriade inconstitucionalidad.
Mixto: intenta compaginar las ideas del
sistema difuso y del concentrado. Así, por
ejemplo, todos los jueces resuelven las
cuestiones de constitucionalidad en las...
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