control difuso
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo titulado Documentación Mercantil, brinda una versión amplia de los diferentes conceptos encontrados y reglas fundamentales que hacen posible lleven un mejor control de las operaciones que realizan. Asimismo, la Administración Tributaria puede realizar una mejor fiscalización sobre dichas operaciones.
Permitiendo entender los diferentes valoresespecíficos como es: comprobante de pago.
Teniendo considerable importancia no solo para esta prestigiosa casa de estudios sino también a la comunidad en general, ya que el comprobante de pago sirve a la persona natural como también a las personas jurídica.
Las técnicas utilizadas para la recopilación de datos fueron fuentes primarias: libros específicos.
CONTROL DIFUSO
1.Concepto
El control judicial de constitucionalidad de las leyes es una facultad reconocida a todos los órganos jurisdiccionales o con fisonomía jurisdiccional para declarar la inaplicabilidad de la ley en un proceso particular, con efectos sólo para las partes intervinientes.
En tal sentido, este tipo de control constitucional, exige a los jueces ordinarios u órganos colegiados administrativos encasos concretos, preferir, en caso de existir incompatibilidad, la norma constitucional por encima de la norma legal.
2. Antecedentes del Control Difuso de Constitucionalidad
En la Legislación Nacional
Una de las primeras expresiones del Control Difuso de Constitucionalidad en nuestro país, aunque un poco tímida, es aquella recogida en el artículo 10º de la Constitución de 1856, que establecía:“Es nula y sin efecto cualquier norma en cuanto se oponga a la Constitución”.
El profesor español Francisco Fernández Segado, al referirse a este artículo, señala que éste nos muestra un esbozo de justicia constitucional; sin embargo, agrega, ésta permaneció en el puro plano teórico no sirviendo de base para la creación de un procedimiento de control, ni para la modificación del control políticopreexistente (Fernández Segado 1999).
Es a partir de 1920, como señala García Belaunde, con la consagración del Habeas Corpus -en la Constitución de 1920- que esta garantía constitucional se convirtió en uno de los cauces, a través del cual, no sin evidente timidez, se ejercitaron algunas pautas del control difuso de constitucionalidad(Fernández Segado 1999).
Ya en 1923, la comisión reformadoradel Código Civil procedió a debatir la iniciativa Solf y Muro, quien propuso la inclusión en el Título Preliminar la cláusula siguiente: “Cuando haya incompatibilidad entre una disposición constitucional y una legal, se preferirá a la primera”. Tras un largo debate en la sesión de 28 de febrero de 1923, quedaba consagrada dicha cláusula, que después de trece años, en 1936, adquiriría lanaturaleza normativa, dado que fue especificada en el artículo XII del Título Preliminar del Código Civil de 1936 (Fernández Segado 1999).
Domingo García Belaunde (2003), al referirse a la recepción del control difuso en el Título Preliminar del Código Civil, apunta que los civilistas de aquel tiempo, entre ellos, el profesor José Barandiarán y el Constitucionalista José Pareja Paz–Soldan dieron una buenarecepción de esta normatividad; es así que éste último en sus comentarios a la Constitución Nacional expresó que:
El principio de la no aplicación de las leyes inconstitucionales constituye un complemento indispensable del Poder Judicial (…) representa un avance en la vida institucional de la República, uno de los fenómenos a la tendencia a la racionalización del poder y una oportuna defensa...
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