Controversia constitucional
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA y voto particular, respectivo, relativos a la controversia constitucional número 56/96, promovida por Germán Fernández Aguirre, en su carácter de Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal y en representación del ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en contra del H.Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 56/96
ACTOR: LA FEDERACION.
PONENTE: MINISTRO JUAN DIAZ ROMERO.
SECRETARIA: LIC. MAURA ANGELICA SANABRIA MARTINEZ.
México, DistritoFederal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y siete.
VISTOS; Y RESULTANDO:
PRIMERO.- Por escrito presentado el veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y seis, en el domicilio particular del Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, GermánFernández Aguirre, en su carácter de Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, actuando por acuerdo y en representación del C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, promovió demanda de controversia constitucional, en contra del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, por actos y normas de esta autoridad que hizo consistir, esencialmente, en el Reglamento de Seguridad y ProtecciónBancaria, aprobado en sesión del Cabildo de once de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicado en su Gaceta Municipal el once de noviembre del propio año.
SEGUNDO.- En la demanda se señalaron como antecedentes del caso, los siguientes:
“1.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, expidió el Reglamento de Seguridad y Protección Bancaria para el Municipio deGuadalajara.
2.- Dicho reglamento aparece publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, sin precisarse su fecha de expedición y sin mencionarse la fecha de su promulgación por parte del Presidente Municipal.
3.- En el documento denominado Gaceta Municipal, se contiene la leyenda “fecha de publicación 11 de octubre de 1996”, por lo que pudiera considerarse que fue en esafecha cuando se publicó el citado Reglamento; sin embargo, tal consideración queda desvirtuada con los instrumentos públicos que en copia certificada se ofrecen desde ahora como prueba, mismos a través de los cuales se acredita que la referida publicación no se puso a la venta sino hasta el día 11 de noviembre de 1996, por lo que en los términos de lo que dispone la fracción IV del artículo 36 de laLey Orgánica Municipal del Estado de Jalisco, consideramos que es esta fecha y no otra diversa, aquella que debe considerarse como la de publicación del referido Reglamento.
4.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, expidió el Reglamento de Seguridad y Protección Bancaria, mismo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de abril de 1987, que seencuentra vigente, y que como su denominación lo indica, establece las bases de seguridad y protección de las Instituciones de Crédito.
5.- El 14 de julio de 1990, el H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expidió la Ley de Instituciones de Crédito.
6.- No obstante la existencia de laLey y del reglamento mencionados, el H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, ha expedido el Reglamento de Seguridad y Protección Bancaria para el Municipio de Guadalajara, que en esta vía se combate, señalando como fundamento para su expedición, los artículos 115, fracción II, de la Constitución General de la República, 73 fracciones II y V, de la Constitución Política del...
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