CONVENCION DE LA ORGANIZACION CONSULTIVA MARITIMA INTERGUBERNAMENTAL
Finalidades de la Organización
Artículo 1 Las finalidades de la Organización son:
a) establecer un sistema de colaboración entre los Gobiernos en materia de reglamentación y prácticas gubernamentales relativas a cuestiones técnicas de toda índole concernientes a la navegación comercial internacional, y fomentar la adopcióngeneral de normas para alcanzar los más altos niveles posibles en lo referente a seguridad marítima y a eficiencia de la navegación;
b) fomentar la eliminación de medidas discriminatorias y restricciones innecesarias aplicadas por los Gobiernos a la navegación comercial internacional con el fin de promover la disponibilidad de los servicios marítimos para el comercio mundial sin discriminación; laayuda y fomento acordados por un Gobierno a su marina mercante nacional con miras a su desarrollo y para fines de segundad no constituyen en sí mismos una discriminación, siempre que dicha ayuda y fomento no estén fundados en medidas concebidas con el propósito de restringir a los buques de cualquier bandera, la libertad de participar en el comercio internacional.
c) tomar medidas para laconsideración por la Organización de cuestiones relativas a las prácticas restrictivas desleales de empresas de navegación marítima, de acuerdo a la Parte II; d) tomar medidas para la consideración por la Organización de todas las cuestiones relativas a la navegación marítima que puedan serle sometidas por cualquier organismo o institución especializada de las Naciones Unidas; c) facilitar elintercambio de informaciones entre los Gobiernos en asuntos sometidos a consideración de la Organización.
Funciones
Las funciones de la Organización serán consultivas y de asesoramiento:
Con el propósito de alcanzar las finalidades enunciadas en la Parte I, las funciones de la Organización serán: a) salvo lo dispuesto en el Artículo 4, considerar y formular recomendaciones respecto a las cuestionesvinculadas al Artículo 1 (a), (b) y (c) que puedan serle sometidas por los Miembros, por cualquier organismo o institución especializada de las Naciones Unidas o por cualquier organización intergubernamental, así como respecto a aquellos asuntos enunciados en el Artículo 1 (d) que sean sometidos a su consideración.
b) preparar proyectos de convenciones, acuerdos u otros instrumentos apropiados yrecomendarlos a los Gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales, y convocar las conferencias que estime necesarias;
c) establecer un sistema de consulta entre los Miembros y de intercambio de informaciones entre los Gobiernos.
Miembros
Todos los Estados pueden ser Miembros de la Organización conforme a las disposiciones de la Parte III. Articulo 6 Los Miembros de las Naciones Unidas pueden serMiembros de la Organización adhiriendo a la presente Convención de acuerdo a las disposiciones del Artículo 57.
Artículo 7 Los Estados no Miembros de las Naciones Unidas que han sido invitados a enviar representantes a la Conferencia Marítima de las Naciones Unidas celebrada en Ginebra el 19 de Febrero de 1948, pueden ser Miembros adhiriendo a la presente Convención de acuerdo a las disposicionesdel Artículo 57.
Artículo 8 Todo Estado que no tenga derecho a ser Miembro según lo dispuesto en los Artículos 6 o 7, podrá solicitar su incorporación en tal carácter por intermedio del Secretario General de la Organización y será admitido como Miembro, cuando baya adherido a la presente Convención de acuerdo a las disposiciones del Artículo 57 siempre que, previa recomendación del Consejo, susolicitud haya sido aceptada por los dos tercios de los Miembros de la Organización, excluidos los Miembros Asociados.
Organismos
La Organización constará de una Asamblea, un Consejo, un Comité de Seguridad Marítima y de todos los organismos auxiliares que la Organización juzgue necesario crear en cualquier momento; y de una Secretaría
La Asamblea
Las funciones de la Asamblea serán: (a) elegir...
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