Convenio 95
Articulo 3 Convenio 95
1. Los salarios que deban pagarse en efectivo se pagarán exclusivamente en moneda de curso legal, y deberá prohibirse el pago con pagarés, vales, cupones o en cualquier otra forma que se considere representativa de la moneda de curso legal.
2. La autoridad competente podrá permitiro prescribir el pago del salario por cheque contra un banco o por giro postal, cuando este modo de pago sea de uso corriente o sea necesario a causa de circunstancias especiales, cuando un contrato colectivo o un laudo arbitral así lo establezca, o cuando, en defecto de dichas disposiciones, el trabajador interesado preste su consentimiento.
R//que el salario se debe pagar con la moneda del curso legal del país Y los casos especiales se pueden dar con el consentimiento del trabajador por medio de un laudo arbitral.
Código de Trabajo Aplicable
Articulo 88. Salario o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos.Fijación del importe del salario
Articulo 89. Para fijar el importe del salario en cada clase de trabajo, se deben tomar en cuenta la intensidad y calidad del mismo, clima y condiciones de vida.
Pago en dinerario
Artículo 90. El salario debe pagarse exclusivamente en moneda de curso legal. Se prohíbe pagar el salario total o parcialmente en mercadería, vales, fichas, cupones o cualquier otro signorepresentativo con que se pretenda sustituir la moneda.
Artículo 4 Convenio 95
1. La legislación nacional, los contratos colectivos o los laudos arbitrales podrán permitir el pago parcial del salario con prestaciones en especie en las industrias u ocupaciones en que esta forma de pago sea de uso corriente o conveniente a causa de la naturaleza de laindustria u ocupación de que se trate. En ningún caso se deberá permitir el pago del salario con bebidas espirituosas o con drogas nocivas.
2. En los casos en los que se autorice el pago parcial del salario con prestaciones en especie, se deberán tomar medidas pertinentes para garantizar que:
a) las prestaciones en especie sean apropiadas al usopersonal del trabajador y de su familia, y redunden en beneficio de los mismos ;
b) el valor atribuido a estas prestaciones sea justo y razonable.
En caso de que se haya hecho uso de las disposiciones previstas en el párrafo 1 de este artículo, sírvase indicar las medidas tomadas para asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el párrafo2, apartados a) y b), y para que el pago no se efectúe con bebidas espirituosas o con drogas nocivas.
Código de Trabajo Aplicable
Procedencia del arbitraje Artículos 397, 398, 399, y 400
R// Laudo Arbitral es la denominación de la resolución que dicta un árbitro y que sirve para dirimir (resolver) un conflicto entre dos o más partes.
El equivalente al laudo en el ordenjurisdiccional es la sentencia, que es la que dicta un juez. La diferencia estriba en que, mientras que la jurisdicción del juez viene marcada por la ley, la jurisdicción del árbitro viene dictada por la autonomía de la voluntad.
Articulo 11 Convenio 95
1. En caso de quiebra o de liquidación judicial de una empresa, los trabajadores empleados en la misma deberán ser consideradoscomo acreedores preferentes en lo que respecta a los salarios que se les deban por los servicios prestados durante un período anterior a la quiebra o a la liquidación judicial, que será determinado por la legislación nacional, o en lo que concierne a los salarios que no excedan de una suma fijada por la legislación nacional.
2. El salario que...
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