Convenio Camioneros
CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGISTICA
Y SERVICIOS
PERSONERIA GREMIAL Nº 760
Adherido a la C.G.T.
CONVENIO
NACIONAL
Nº 40/89
M. de T. Exp. Nº 829569/88
ANEXO 1
Convenio Colectivo de Trabajo 40/89
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Convenio Colectivo de Trabajo 40/89
Como consecuencia de lo pactado en el ítem 10 se dictan lossiguientes “Laudos Arbítrales”
En el Exp. M. De T 829.569/88 el 16 de Abril de 1990 agotadas las instancias en el ítem 10.1 se sometió la cuestión planteada al arbitraje del
Dr. Carlos A. Tomada quien dictó el siguiente “Laudo Arbitral”
LAUDO ARBITRAL
Transporte Pesado y Grúas móviles,
autogruas o grúas montadas sobre chasis
de camión y tractocargadores.
VISTO:
Lo establecido en el ITEM10.1 del CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO Nº 40/89 y habiéndose ratificado al Doctor CARLOS
A. TOMADA como Laudador.
Este procede a dictar para el particular el siguiente LAUDO
Vigencia: a partir 01/05/90
LAUDO: I. El ítem 5.8 de la CCT 40/89, el cual quedará redac-
tado de la siguiente manera:
5.8
Rama de Transporte pesado y grúas móviles, auto-
gruas o grúas montadassobre chasis de camión y
tractocargadores.
5.8.1.
Especialidad de Transporte por Sistema de Arrastre
5.8.1.1
Definición: Esta modalidad laboral se define como a-
quella destinada al transporte de maquinarias y/u
otras cargas de gran peso y/o dimensiones, que en
virtud de tales circunstancias deban ser trasladadas
mediante el arrastre de carretonespropiamente
dichos, boggies, cureñas o vehículo semejantes, por
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intermedio de un tractor, a velocidades promedio inferiores
a las normales para el transporte comercial.
5.8.1.2 Categorías y funciones: En todo operativo destinado al
transporte de cargas mediante el sistema de arrastre de
carretones mecánicos y/o hidráulicos, el equipo respectivodeberá comprender en viaje, necesariamente, y con
independencia de los supervisores y/o auxiliares que sea
menester en función del tipo de carga, y/o distancia a
recorrer y al personal afectado, en origen y en destino, a
las tareas de carga y descarga las siguientes categorías
de operarios.
a) Conductor del vehículo de arrastre. Es el trabajador que en forma normal, habitual y permanente seencuentre afectado a la conducción de vehículos de
tracción (unidades tractoras) de carretones mecánicos,
hidráulicos o unidades asimilables a tales, a tenor de
la definición contenida en el ítem 5.8.1.1. Atento al carácter de la tarea que realizan percibirán por sobre el
salario básico de la categoría de conductor de primera,
un adicional que formara parte integrante del salario
básico atodos sus efectos, en función de la carga útil
según la siguiente tabla
- Hasta 50 toneladas 12 %
- Más de 50 toneladas y hasta 100 toneladas 15 %
- Más de 100 toneladas 20%
b) Auxiliar de sistema hidráulico (categoría no permanente).
Es el trabajador cuya tarea consista en operar y controlar, en viaje, el equipo hidráulico del carretón o unidad
asimilable a tal, a tenor de ladefinición contenida en
el ítem 5.8.1.1, como así también el sistema de ruedas
del referido carretón o unidades asimilables a él.
Asimismo, es el responsable del mantenimiento de dicho sistema durante el trayecto (ajustes, atención, y
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eliminación de pérdidas de caños, y conexiones.) Dada
la especialidad y diversidad de funciones que realiza,su retribución será la correspondiente al básico previsto
para el peón especializado, con un adicional del 13%.
Esta categoría laboral se establece con carácter no
permanente. Será cubierta por las empresas para
atender a la efectiva realización de transportes mediante el denominado sistema de arrastre de carretones
hidráulicos, asignándola temporariamente, durante el
lapso que media...
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