Convenio Col. Hosteleria Baleares

Páginas: 104 (25931 palabras) Publicado: 29 de junio de 2012
18

BOIB

Num. 119

26-08-2008

las competencias que le correspondan a la Consejera de Trabajo y Formación en materia de contratación administrativa y contratos privados. Tercero a) Para las subvenciones en materia de trabajo y formación cuyo importe no supere los 150.000 euros, se delega en el Secretario General de la Consejería de Trabajo y Formación todas las facultades y actuacionesprevistas en la legislación reguladora de las subvenciones autonómicas, excepto: la autorización previa a que se refiere el artículo 37.b) del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; las convocatorias; las resoluciones finales de concesión y de denegación de subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en el apartadosiguiente, y las resoluciones finales de todos los procedimientos de reintegro y sancionadores. b) En aquellas subvenciones cuyo importe sea inferior a 30.000 euros, también se delega en el Secretario General la resolución final de concesión o denegación de la subvención. Cuarto Se delega en el Secretario General de la Consejería de Trabajo y Formación la firma de los documentos contables y administrativosde autorización y disposición de gastos, de reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos de todos los programas presupuestarios de la Sección 19, así como la firma de las propuestas de acuerdo de aprobación de las modificaciones de crédito. Quinto En los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante del Secretario General de la Consejería de Trabajo y Formación, deberán suplirle, en eldespacho ordinario y en la tramitación de las actas que son competencia propia o delegada de la Secretaría General, y por este orden: - el Director General de Trabajo - el Director General de Planificación Estratégica - el Director General de Políticas Activas, Empleo y Formación - la Directora General de Salud Laboral - la Directora General de Responsabilidad Social Corporativa Sexto En los supuestosde ausencia, enfermedad o vacante de cualquiera de los directores o de las directoras generales de la Consejería de Trabajo y Formación los suplirá, en el despacho ordinario y en la tramitación de las actas que son competencia propia o delegada de los directores y de las directoras generales, el Secretario General de esta Consejería y en los casos de ausencia, enfermedad o vacante de este último,los suplirá la persona titular de la dirección general que corresponda según el orden fijado en el artículo anterior. Séptimo Las delegaciones a las que hace referencia esta Resolución se entenderán sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación que corresponden a la Consejera de Trabajo y Formación del Gobierno de las Illes Balears. Octavo Esta Resolución será efectiva desde el díasiguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. La consejera de Trabajo y Formación Margarita Nájera Aranzábal Palma, 12 de agosto de 2008

Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero.- Ordenar la inscripción del Acta de la referencia en el correspondiente Registro de este Centro Directivo así como su depósito, con notificación a la Comisión negociadora. Segundo.-Disponer su publicación oficial en el BOIB. El Director General de Trabajo Pere Aguiló Crespí En Palma, a 13 de agosto de 2008

—o—
Num. 15777 Resolución del Director General de Trabajo por la que se registra, se dispone el depósito y la publicación oficial del Convenio Colectivo del sector de la Hostelería de les Illes Balears. Visto el texto citado en el asunto, de acuerdo con el art. 90.3 delEstatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; Esta Dirección General de Trabajo Resuelve: Primero.- Ordenar la...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Convenio colectivo de hosteleria madrid
  • CONVENI COL LECTIU
  • Convenio hosteleria
  • convenio colectivo hosteleria cadiz
  • Convenio Colectivo Hosteleria
  • Convenio Hosteleria comparativa
  • Convenio Colectivo Hosteleria Granada
  • Baleares

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS