Convenio de divorcio voluntario
C L Á U S U L A S
PRIMERA. La menor, hijadel matrimonio, LUCIANA VACA, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio, quedará confiado a su madre, señora María Lara. Ambos cónyuges conservaránla patria potestad sobre el citado menor.
SEGUNDA. Ambas partes convienen que el señor Juan Vaca podrá visitar al menor, en el domicilio de la señora María Lara, los sábadosy domingos de cada semana de las nueve a las catorce horas, durante dos horas continuas.
TERCERA. Las necesidades del menor hijo, Luciana Vaca, tanto durante elprocedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio, se cubrirán mediante una pensión alimenticia de tres mil pesos mensuales (aquí ustedes acuerdan la cantidad, debe cubrir lasnecesidades de su hijo), que deberá cubrir el señor Juan Vaca, en el domicilio de la madre del menor el día cinco de cada mes. Esta cantidad será entregada a la señora María Lara, laobligación alimentaria, respecto del menor, subsistirá durante toda su minoría de edad.
CUARTA. Servirá de habitación a la señora María Lara durante el procedimiento, la casaubicada en XXXXXXXX
QUINTA. Para garantizar la pensión alimenticia mencionada en la cláusula tercera, el señor Juan Vaca, se obliga a exhibir oportunamente, durante elprocedimiento de divorcio voluntario, fianza de compañía autorizada o depósito para las pensiones de una anualidad.
SEXTA. No se establece cláusula alguna en cuanto a bienes, nise exhibe inventario y avalúo, en atención a que el matrimonio se celebró bajo el régimen de separación de bienes.
México, Estado de México, a XXX de XXX de dos mil doce.
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