Convenio simple en juicio
PRIMERO.- Los señores NORMA MARTINEZ BARRAGAN, y el SENOR FERNANDO MARTINEZ BARRAGAN, se reconocen la personalidad con que se ostentan dentro del juicio sumario civil 99/08 primera Secretariadel Juzgado Tercero del Ramo Civil, la primera como actora y el segundo como demandado.
SEGUNDO.- EI demandado reconoce que la actora es su hermana en línea directa toda vez que la señora MARIAGUADALUPE BARRANGA CERVANTES, fue madre de ambos; reconociendo que NORMA MARTINEZ BARRAGAN, es el albacea de la sucesión a bienes de la señora MARIA GUADALPE BARRAGAN CERVANTES, ya que fue declaradaúnica y universal heredera de los bienes de nuestra señora madre por resolución dictada dentro del juicio intestamentario numero 97/2007, cuya copia certificada se encuentra anexa al procedimiento civildentro del cual se celebra el presente convenio.
TERCERO.- Las partes, reconocen que en vida su señora madre MARIA GUADALUPE BARRAGAN CERVANTES obtuvo para sí la casa ubicada en la calle primeraprivada de Cleopatra, numero uno, conocida también como segunda cerrada de Cleopatra número uno, Colonia Delicias, siendo el único bien que forma la maza hereditaria el cual se repudio por todos losherederos a favor de la actora en el presente juicio.
CUARTO.- El demandado reconoce que en vida su señora madre MARIA GUADALUPE BARRAGAN CERVANTES, le dio en comodato el inmueble identificado en elantecedente previo, en el cual vive de hace mas de dieciocho años con su familia, por lo tanto, se someten a las siguientes.
CLAUSULAS
PRIMERA.- EI demandado propone, y la actora acepta que...
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