Convenio Telemarketing 2013
Sec. Sind, COMFIA-CCOO Grupo Konecta
V CONVENIO COLECTIVO DE
ÁMBITO ESTATAL DEL SECTOR DE
CONTACT CENTER
23 de mayo de 2012
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V Convenio Estatal Telemarketing (Contact Center)
Sec. Sind, COMFIA-CCOO Grupo Konecta
PREÁMBULO
El presente convenio colectivo estatal del Sector de Contact Center está suscrito, de
una parte porla Asociación Empresarial “ASOCIACION DE CONTACT CENTER ESPAÑOLA
(ACE)” en representación de las empresas del sector y de otra parte por las
organizaciones sindicales CCOO, y FES-UGT, en representación del colectivo laboral
afectado por el mismo.
CAPÍTULO I.- EXTENSIÓN.
Artículo 1.- Ámbito territorial.
El presente Convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del EstadoEspañol.
Artículo 2.- Ámbito funcional.
Dentro del ámbito del artículo 1º la aplicación de este Convenio será obligatoria para
todas las empresas y para todos los trabajadores de las mismas cuya actividad sea la
prestación de servicios de Contact Center a terceros.
A los efectos del presente convenio quedan encuadradas en la prestación de
servicios de Contact Center todas aquellas actividadesque tengan como objetivo
contactar o ser contactados con terceros ya fuera por vía telefónica, por medios
telemáticos, por aplicación de tecnología digital o por cualquier otro medio
electrónico, para la prestación, entre otros, de los siguientes servicios que se
enumeran a título enunciativo: contactos con terceros en entornos multimedia,
servicios de soporte técnico a terceros, gestión decobros y pagos, gestión mecanizada
de procesos administrativos y de back office, información, promoción, difusión y
venta de todo tipo de productos o servicios, realización o emisión de entrevistas
personaliza das, recepción y clasificación de llamadas, etc., así como cuantos otros
servicios de atención a terceros se desarrollen a través de los entornos antes citados.
Tal definición incluirálas actividades coadyuvantes, complementarias o conexas con
la actividad principal.
Artículo 3.- Ámbito personal.
El Convenio incluye a todo el personal y empresas mencionadas en el artículo anterior.
Se excluyen expresamente del mismo, el personal de alta dirección cuya relación
laboral especial se regula en el R.D. 1382/1985 de 1 de agosto, así como las restantes
actividades y relaciones quese contemplan en el número 3 del artículo 1 y en el
artículo 2, ambos del Estatuto de los Trabajadores.
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Artículo 4.- Convenios de ámbitos inferiores.
Las partes que suscriben el presente Convenio adquieren el compromiso de no
negociar Convenios Colectivos de Empresa o Conveniossectoriales de ámbito inferior.
Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter
de norma mínima de derecho necesario, salvo en aquellas normas en las que exista
remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al
carácter, contenidos y alcance con que esté contemplada su remisión.
En las materias en que así se establezca de formaexpresa, el presente Convenio, y en
atención a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente.
Tienen la consideración de materias no negociables, en todo caso: el ámbito
funcional; el ámbito personal; las modalidades de contratación; el periodo de prueba;
los grupos y niveles profesionales; la ordenación jurídica de faltas y sanciones; las
normas mínimas en materia deseguridad y salud en el trabajo, y la movilidad
geográfica.
Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente Convenio, las
organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las
Comunidades Autónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a
calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos para la solución...
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