Cooperacion judicial
Debido al límite jurisdiccional orden territorial que tienen jueces y tribunales, además del reconocimiento de sus sentencias fuera de su ámbito de competencia, existe la ayuda judicial, que se centra principalmente en las notificaciones y emplazamientos y recepción de pruebas en el extranjero
NOTIFICACION. Es un acto procesal mediante el cual se hace saber unaresolución judicial o administrativa
EMPLAZAMIENTO. Es el acto procesal destinado a hacer saber al demandante la existencia de la demanda y la posibilidad que tiene en contestarla.
Los arts. 309 Del CFPC y el 114 del CPCDF establecen los casos en que es necesaria la notificación personal y cuando esta debe hacerse fuera del ámbito jurisdiccional del juez de la causa El art 327 de CFPC y 134 delCPCDF dispone una formula flexible que permite al juez ampliar los términos correspondientes según la lejanía y facilidades con que se cuente. A este pedimento, efectuado generalmente por medio de un exhorto, se conoce también como carta rogatoria, la cual se encuentra regulada por el art. 302 del CFPC. De acuerdo con esta disposición se establece vías diferentes:
CONVENCIONAL: cuando es tratadoo convención internacional
DIPLOMATICO: Cuando se canaliza mediante la secretaria de relaciones exteriores
VIA JUDICIAL DIRECTA: Cuando así se establece tanto en el derecho mexicano como en el extranjero
México es parte de la convecino Interamericana sobre exhortos o cartas rogatorias firmadas en panamá el 30de enero de 1975. Dicha convención, que se circunscribe a materia civil y comercial(art. 2o.) se refiere tanto a las notificaciones o aplazamientos como la recepción y obtención de pruebas e informes en el extranjero.
COPERACION JUDICIAL NACIONAL
En el tít. Séptimo, capitulo V, sec. IV del CPCDF se establecen los principios conformes a los cuales el juez del distrito federal debe proceder frente a alguna requisitoria contraria al orden público del sistema jurídico deldistrito federal.
Art 599: Se trata no de una contrariedad genérica respeto a todas las leyes indiscriminadamente, si no de todas aquellas que por su característica representan los valores e instituciones en los cuales se basa la legislación del distrito federal
Art. 600: Se trata de que el juez requerido solo se concrete a cumplir la petición del juez requirente y no dar cabida a una nuevalitis.
Cooperación Judicial Internacional
Las reglas establecidas en el CPSDF referentes a cooperación procesal internacional son producto de la reforma legislativa de 1988 ya comentada. En el caso de este ordenamiento, las reglas se circunscriben fundamentalmente al reconocimiento y ejecución de sentencias, laudos y otras resoluciones extranjeras.
Código de Procedimientos Civiles parael Distrito Federal(CPCDF)
El juez tiene las reglas de competencia internas conforme a las cuales se declarara competente o no para conocer de determinado asunto. La excepción de conexidad es una petición formulada por la parte demandada para que el juicio promovido por el actor se acumule a otro juicio diverso de aquel pero conexo iniciando anteriormente con el objetivo de que ambos juiciossean resueltos en una sola sentencia.. En la frac. III del art 40 antes citado se trata de evitar la excepción de conexidad sea interpuesta para que, con base en un juicio iniciando previamente en el extranjero, el juez mexicano tuviese que declinar su competencia.
Art. 108: Lo que indica esta disposición es que la materia de exhortos es federal y por lo tanto debe seguir la regulación del CFPCcon la excepción de lo dispuesto en los tratados por ser esos norma superior al CFPC y por consiguiente devén prevalecer esto.
Art 193: Lo que comenta este artículo abre la posibilidad para que declaraciones de testigos que fueron realizadas conforme a la ley procesal extranjera tengan plenos efectos en México.
Art 284: En esta disposición se establece una amplia gama de opciones para...
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