Cooperativas y asociados.
Los Asociados.
¿Quién se afilia?
1) Menores de edad.
2) Mayores de 15 años.
3) Personas jurídicas que no persigan fines de lucro.
Requisitos que deben cumplir los afiliados.
1) El asociado debe pagar y suscribir los montos que por concepto de aportes de capital.
2) En caso de los asociados fundadores, por disposición legal, en el acto deconstitución deberán pagar al menos el 25% de su aporte y suscribir el saldo.
3) En las cooperativas de los productores de café el asociado debe ser productor de café.
4) La buena conducta o residencia.
5) Los cooperativas de autogestión, legalmente, se exige que los asociados deriven su existencia del trabajo y que no posean bienes de capital o en caso de poseerlos sea insuficiente (LAC,articulo 105).
Derechos de los asociados.
1) El voto.
2) La legibilidad.
3) Información.
4) Petición.
5) Impugnación.
6) Derecho a la prestación de servicios.
7) Retorno de excedentes.
8) Interés limitado de los aportes de capital.
9) Devolución de los aportes de capital, excedentes e intereses.
Impugnación.
1. La solicitud de nulidad debe reunir lossiguientes requisitos: nombres y apellidos, número de cédula y dirección del accionante, hechos, petitoria, lugar para recibir notificaciones, fecha y firma.
2. Una vez emitida la gestión de nulidad, se confiere audiencia a la cooperativa denunciada para que un plazo que se fijara entre cinco y diez días hábiles, dependiendo de la complejidad.
3. Transcurrido el plazo anterior, se confiereaudiencia a las partes para que un plazo de tres días hábiles formulen sus conclusiones sobre lo actuado.
4. El instituto procede a emitir el acto final en el que declara la nulidad o rechaza la petición.
Devolución de aportes.
1) Puede extinguirse por diversas causas, dentro de las que podemos citar la renuncia, expulsión o muerte del asociado o bien por la disolución de la cooperativa.2) El ex asociado independientemente de la causa de retiro, tiene el derecho que se le devuelva totalmente sus aportes de capital, así como los excedentes he intereses generados hasta el momento de su retiro. (LAC artículo 62).
3) Toda devolución económica debe realizarse después de finalizado el ejercicio económico en el que se extinguió el vínculo asociativo.
Renuncia.
Sobre el casoconcreto de derecho retiro en las cooperativas ha resuelto lo siguiente:
“la libertad de asociación deben entenderse en su doble sentido, el primer lugar el positivo, como la facultad que tiene personas de agruparse de acuerdo con su voluntad y para la consecución defines lícitos, así como también en su sentido negativo, en tanto retirarse de asociaciones ya reconstruidas. El artículo terceroinciso a, de la ley de las asociaciones cooperativas, instituye la libre adhesión y retiro voluntario de los asociados, principio que se ve desarrollado por el artículo 10 que establece una limitación al derecho de retiro, en aras de no exponer la estabilidad y buena marcha de las cooperativas, como lo expresa el artículo 10, sin lesionar el derecho delos asociados a retirarse y recibir el aporte quehubiera hecho”.
Muerte del asociado.
El asociado puede designar uno o varios beneficiarios para el caso de fallecimiento, dicha devolución se efectuara al cierre del ejercicio económico y en las demás condiciones que establezcan los estatutos, en caso de que el asociado no haya tomado esta previsión los herederos deberán acudir a la vida judicial para que ahí se declaren sus derechos sobre dichassumas.
Es importante señalar que dicha norma pruebe la posibilidad de heredar los aportes económicos, no así la condición de asociado.
Órganos Sociales de la Cooperativa.
La dirección, administración y vigilancia interna de las asociaciones cooperativas estarán a cargo de:
1. La asamblea general de asociado o delegados.
2. El consejo de administración.
3. El gerente, los...
Regístrate para leer el documento completo.