Copropiedad-sentencia ejecutoria de amparo
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Sentencia Ejecutoria de Primera Sala, Contradicción de Tesis 57/2007-ps, de 01 deAbril 2008
CONTRADICCIÓN DE TESIS 57/2007-PS. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO Y EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.CONSIDERANDO:
PRIMERO. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la posible contradicción de tesis denunciada, de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 107, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 197-A de la Ley de Amparo y 21, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,en relación con el punto segundo del Acuerdo 5/2001, emitido por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el veintiuno de junio de dos mil uno, publicado en el Diario Oficial dela Federación el día veintinueve del mismo mes y año, en virtud de que se trata de la posible contradicción entre tesis que sustentan Tribunales Colegiados de Circuito en relación con un asunto decarácter civil.
SEGUNDO. La denuncia de contradicción de tesis proviene de parte legítima en términos del artículo 197-A de la Ley de Amparo, en razón de que fue formulada por el presidente del TercerTribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito.
TERCERO. A fin de estar en aptitud de determinar si existe la contradicción de tesis denunciada y, en su caso, resolverla, es preciso tener presenteslos criterios sustentados por los órganos colegiados que la motivaron y que a continuación, en la parte que interesa, se transcriben:
I. Con fecha doce de abril de dos mil siete, el Tercer...
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