Corazon Ladino
Lejislacion fiscal y aduanal
15/05/11
Árbitros de la ciudad de Guatemala
Johanaly de la Cruz Salguero
5to pc
20100126
Arbitrio sobre ActividadesEconómicas:
Se sustituyen los planes de arbitrios vigentes por un arbitrio anual que recae sobre la
realización de actividades económicas -de carácter agrícola, agroindustrial, industrial,
comercial,extracción minera, prestación de servicios profesionales, técnicos y no
personales- por personas individuales o jurídicas, dentro del municipio.
Para determinar el arbitrio a pagar, se tomarácomo base los ingresos brutos obtenidos en
el por el contribuyente durante el año anterior, lo cual hará constar mediante declaración
jurada, que deberá presentar a la Administración TributariaMunicipal.
El tipo impositivo que se aplicará a los ingresos brutos declarados, será el que el Concejo
Municipal acuerde, mediante ordenanza tributaria municipal, entre los rangos del cinco
(5) yel ocho (8) por millar. En caso el Concejo Municipal no lo fije, se aplicará el cinco
(5) por millar para todas las actividades económicas.
El arbitrio se causa anualmente, y su pago se harátrimestralmente. Con el fin de
incentivar la introducción de nuevas actividades económicas y la utilización de mano de
obra de los vecinos, el Concejo Municipal podrá establecer mediante ordenanzatributaria
municipal, una rebaja del quince por ciento (15%) del monto total del arbitrio a pagar.
Se reconoce a la municipalidad la facultad de determinar las áreas donde autorice la
realizaciónde las actividades económicas. Dicha autorización se hará constar mediante el
otorgamiento de la respectiva Licencia de Funcionamiento. El contribuyente deberá
solicitar dicha licencia enformulario que le proporcionará la Administración Tributaria
Municipal, la cual tendrá vigencia por un año y deberá ubicase en un lugar visible al
público, pudiéndose renovar si no existen saldos...
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