Correos Laboral
Mire, ya en diversas ocasiones el suscrito he hecho valer en este Foro, como es que la normatividad aplicable en si misma se contradice, y el caso que nos ocupa enla presente consulta, no es la excepción, y luego los participantes se dan hasta con la cubeta porque sienten que tienen la razón aunque los criterios sean totalmente diferentes sustentados en lapropia Ley.
Este tema ya se ha dicutido mucho en este Portal.
Pongo un ejemplo en el ámbito laboral
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Junio de 2004; Pág. 1425
CORREO ELECTRÓNICO TRANSMITIDOPOR INTERNET, OFRECIDO COMO PRUEBA EN EL JUICIO LABORAL. VALOR PROBATORIO
El artículo 776 de la Ley Federal del Trabajo establece que son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que nosean contrarios a la moral y al derecho, entre ellos, aquellos medios aportados por los descubrimientos de la ciencia; consecuentemente, es permisible ofrecer el correo electrónico transmitido porinternet, que constituye un sistema mundial de diseminación y obtención de información en diversos ámbitos. Por otra parte, dada su naturaleza y la falta de firma de la persona a la que se le imaun correo electrónico, ello trae como consecuencia que no se tenga la certeza de que aquel a quien se atribuye su envío a través de la red sea quien efectivamente lo emitió y dirigió al oferente, por loque si es objetado no puede perfeccionarse mediante la ratificación de contenido y firma, de conformidad con el artículo 800 del mismo ordenamiento legal, que dispone que cuando un documento queprovenga de tercero ajeno a juicio resulta impugnado, deberá ser ratificado en su contenido y firma por el suor. De lo que se sigue que ese medio de prueba por sí solo carece de valor probatorio ante laimposibilidad de su perfeccionamiento, además, si dicho correo electrónico no es objetado, ello no trae como consecuencia que tenga valor probatorio pleno, aunque sí constituirá un indicio, cuyo...
Regístrate para leer el documento completo.