Corresponde A La Asamblea General
Art. 27.- En los Consejos de Administración y de Vigilancia y en las Comisiones no se podrá delegar. Art. 28.- Las citaciones a las Asambleas Generales, ordinarias o extraordinarias, las firmará el Presidente de la Cooperativa, por iniciativa propia o a pedido del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, delGerente o de la tercera parte de socios. Art. 29.- Si, a pedido escrito de los Consejos de Administración o de Vigilancia, del Gerente o de la tercera parte de los socios, el Presidente se negare, sin causa justa, a firmar la convocatoria, esta la podrá firmar el Presidente de la respectiva Federación o, a falta de ella, el Director Nacional de Cooperativas. Art. 30.- En la citación que se haga parala Asamblea General, además de señalar el orden del día, la hora, lugar y fecha de la reunión, se podrá indicar que, de no haber quórum para la hora señalada, los socios quedarán citados, por segunda vez, para una hora después de la primera citación; y la Asamblea se realizará con el número de socios que haya entonces. Art. 31.- En la Asamblea General se tratará solo de los asuntos para los cualeshaya sido convocada y que deberán constar en el orden del día; y, por ningún concepto, se podrá considerar en "asuntos varios" temas que no figuren en dicho orden del día. En aquellos "asuntos varios" solo se leerá la correspondencia dirigida a la institución. Art. 32.- Cuando en una cooperativa haya conflictos entre los socios o de estos con los organismos directivos, dichos conflictos seránventilados, en un plazo de ocho días, por los organismos que señala la Ley; y si las partes no estuvieren satisfechas con la resolución que se dicte, o no hubiere la reunión del organismo correspondiente que deba resolver el asunto, podrán los interesados apelar o recurrir a la Asamblea General, en el término de ocho días. Si la Asamblea no se reuniere en quince días posteriores a la apelación, sepodrá presentar la reclamación ante la Dirección Nacional de Cooperativas, cuyo dictamen será definitivo.
33.- Corresponde al Consejo de Administración: a) Dictar las normas generales de administración interna de la sociedad, con sujeción a la Ley, a este Reglamento y al estatuto; b) Aceptar o rechazar las solicitudes de ingreso de nuevos socios; c) Sancionar a los socios que infrinjan las...
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