Corte constitucional
Sentencia T-612
05-08-2010
Referencia: expediente T-2.606.275
Acción de tutela instaurada por Biviana Saavedra Zambrano contra HUMANA VIVIR E.P.S.
Magistrado Ponente:
Dr. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional integrada por los Magistrados Luis Ernesto Vargas Silva, María Victoria Calle Correa y Humberto AntonioSierra Porto, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9º de la Constitución Política y en los artículos 33 y siguientes del Decreto 2591 de 1991, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
Dentro del proceso de revisión del fallo de tutela de primera instancia dictado por el Juzgado Noveno (9º) CivilMunicipal de Ibagué, y de segunda instancia proferido por el Juzgado Quinto (5º) Civil del Circuito de Ibagué, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Biviana Saavedra Zambrano contra la HUMANA VIVIR E.P.S.
I. ANTECEDENTES
Biviana Saavedra Zambrano interpuso acción de tutela en contra de HUMANA VIVIR E.P.S por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al mínimo vital y laseguridad social.
De acuerdo con la solicitud de tutela y las pruebas obrantes en el expediente, la accionante sustenta su pretensión en los siguientes
Hechos
1.-La accionante, Biviana Saavedra Zambrano, se afilió a la EPS Humana Vivir en calidad de cotizante independiente el siete (7) de septiembre del año 2004.
2.-Indica la actora, que el 21 de septiembre de 2009, solicitó ante Humana VivirEPS-S la cancelación de las incapacidades médicas que le fueron expedidas por padecer cáncer en el ovario, correspondientes a los meses de diciembre de 2008, enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2009.
3.- Manifiesta la accionante que, estas incapacidades no fueron canceladas por parte de la EPS accionada, pese a haberle solicitado para ello, el número de cuenta bancaria y las pruebas de quepadece una enfermedad oncológica.
4.- La entidad demandada negó el pago de dichas incapacidades, pues al momento de expedición de las mismas, la señora Biviana Saavedra Zambrano se encontraba desafiliada de Humana Vivir EPS
5.- Considera la accionante que, la actitud omisiva de la entidad accionada frente a la cancelación de las incapacidades vulnera sus derechos fundamentales.
Solicitud deTutela
6. Con fundamento en los hechos narrados, la ciudadana Biviana Saavedra Zambrano, solicita se ordene a HUMANA VIVIR E.P.S. el pago inmediato de las incapacidades correspondientes a los meses de diciembre de 2008, enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2009. Lo anterior por cuanto su enfermedad no le permite laborar y esto afecta su mínimo vital.
Respuesta de la entidad demandada
7. Laapoderada de HUMANA VIVIR EPS, en escrito presentado el once de noviembre de 2009, indicó que la entidad que representa carece de legitimación por pasiva en el presente proceso, ya que la accionante se encuentra desvinculada de dicha E.P.S desde el 30 de octubre de 2008.
Lo anterior permite inferir que al momento de expedición de las incapacidades solicitadas por la señora Biviana Saavedra Zambrano,ésta no se encontraba afiliada a Humana Vivir E.P.S.
Finalmente, señala la apoderada de Humana Vivir E.P.S. que conforme a lo establecido en el artículo 16 del Decreto 2266 de 1998, no es posible darle trámite a la solicitud de la actora, pues el mencionado decreto dispone que en ningún caso se debe expedir certificado de incapacidad o licencia en formato aprobado por el ISS a quienes no tiene lacondición de afiliados cotizantes activos de la E.P.S-ISS.
Por lo anterior, solicitó la representante de HUMANA VIVIR EPS se declare la improcedencia de la acción de tutela, y adicionalmente pide se integre el litisconsorcio necesario con el empleador de la señora Biviana Saavedra Zambrano.
Decisiones judiciales objeto de revisión
Sentencia de primera instancia
8.- El Juzgado Noveno Civil...
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