corte de cabello
PRESENTADO A:
SILVIA LILIANA DUARTE
PRESENTADO POR:
ESTEFANIA ANDREA ACOSTA ROZO
ESCULPIDO DEL CABELLO
NIVEL 2
CALIFICACION: _____________
25 DE JULIO DE 2012
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
3. CONOCIMIENTO DE CORTE BÁSICO (GRADUACIONES, TIPOS DECONTORNOS )
4. CONOCIMIENTOS VOCABULARIO TÉCNICO CARTILLA
5. BIOSEGURIDAD Y COMPETENCIA LABORAL
6. TALLER DE RECORTES.
7. INVESTIGACION SOBRE LA FIBRA CAPILAR E HISTORIA DE CORTE.
8. DESARROLLO DEL CUESTIONARIO DE LA LEY 711 RESOLUCION 2827.
9. CUESTIONARIO DEL VOCABULARIO ( VIDEO 47 PREGUNTAS)
10. PROTOCOLO DE CORTE
11. TIPOS DE HERRAMIENTAS (USOS E IMÁGENES)
12. DISEÑOS DE CORTECABALLERO Y SOLIDOS DAMA (IMÁGENES) E IDENTIFICAR CADA CORTE.
13. NORMA DE COMPETENCIA LABORAL TITULACION 260602007
14. BIBLIOGRAFÍA
15. CONCLUSIONES
INTRODUCCIÓN
El pelo, como cualquier otra parte del cuerpo, envejece debido a factores internos y externos(lavarlo, peinarlo, tratamientos, aire, calor... y un largo etc.) y como todos sabemos, a diferencia de otras partes el pelo cuando muere es reemplazado por otro nuevo.NO hay renovación de la fibra capilar, por eso, una vez que se asoma por el cuero cabelludono será capaz de regenerar su estructura o repararse por sí mismo.
OBJETIVO GENERAL
Lograr y aclarar vocabulario y técnicas practicas para esculpir el cabello masculino finamente y con el trabajo terminado y pulido.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Lograr entender y conocer los contornos de un corte que dan su finalidady su totalidad.
• Conocer e identificar los cortes masculinos y sus pasos a seguir.
• Lograr establecer una amable atención con el cliente y un buen manejo del vocabulario.
CONOCIMIENTOS DE CORTE BÁSICO Y TEORIA
CUESTIONARIO DE LA LEY 711 RESOLOCION 2827
1) ¿Qué es la ley 711?
La presente ley reglamenta la ocupación de la cosmetología, determinasu naturaleza, propósito, campo de aplicación y principios, y señala los entes rectores de organización, control y vigilancia de su ejercicio.
2) De que tratan los artículos 4, 5 y 6
ARTÍCULO 4o. COSMETÓLOGO(A). Para efectos de la presente ley, se llama cosmetólogo(a) a la persona que en forma exclusiva y previa preparación, formación y acreditación de un ente especializado y reconocido,se dedica a esta ocupación con plena conciencia de la responsabilidad personal que entraña su ejercicio así como de la calidad, eficacia, seriedad y pureza de los productos que emplea, recomienda o utiliza en su actividad.
ARTÍCULO 5o. CENTROS DE FORMACIÓN. Las instituciones de educación superior, así como las de educación no formal, de conformidad con las normas vigentes para unas y otras, podránofrecer programas de capacitación teórica–práctica en el área de la cosmetología, con una intensidad mínima de 500 horas, todo dentro del marco constitucional de autonomía, educativa y formativa.
PARÁGRAFO. La entrega de acreditaciones, certificados, diplomas o constancias sin el lleno de los requisitos legales y reglamentarios será causal de cierre de la institución que incurra en esa...
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