Cosas
nterés de la ciencia. Este Conveniode Asturias, como fue llamado prohibía cua(quier discriminación de Las personas por motivos genéticos. Sobre el tema
de la ingeniería genética declaraba que éstadebería tener una finalidad c nentemente terap y nunca podría modificar el patrimonio genético (le La descendencia. La elección deL sexo de los hijos quedabadescartada, salvo cuando fuera necesaria para evitar graves anomalias hereditarias. La creación de embriones humanos con fines expedmentates era también excluida.lo mismo ocurría con la venta de órganos o partes del cuerpo humano. Todo paciente debía ser convenientemente Informado antes de sorneterse a cual-
quierintervención médica. DecLaraciones de principios romo éstas son siem pre bienvenidas pera su efectividad real únicamente se consigue cuando taLes
disposiciones setransforman en leyes recogidas por tos códigos penales de los diferentes países!’Es a partir de la década de tos noventa cuando La bioética enrra tímidamente en elcampo jurídico y hace nacer poco a poco la nueva speciaUdad del bfodererlio para que sea éste quien se ocupe de la Justicia en
los diversos á de la vida.
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