cosas
De esta manera se reparte una herencia, pero también existe una figura que se denomina cuarta de libre disposición que es aquella porción delos bienes de una persona la cual se puede dejar a quien el testador quiera, sin necesidad de que dicha esta se encuentre en algún orden hereditario.
Para obtener la cuarta de libre disposición hayque seguir las regla contemplada en el artículo 1242 del código civil, previa las siguientes deducciones contempladas en el artículo 1016, las cuales son las siguientes:
El costo de publicación deltestamento.
Las deudas hereditarias.
Los impuestos sobre todo el monto de la herencia.
Las asignaciones alimenticias forzosas.
La porción conyugal si la hubiere.
Una vez hecha estas deducciones ylas agregaciones contempladas en los artículos 1243 a 1245, es decir, se forman varios acervos imaginarios, con las donaciones revocables e irrevocables hechas en razón de legítimas o mejoras,teniendo legitimarios si se hicieron donaciones entre vivos a extraños la restitución de lo excesivamente donado. Hecho todo esto la mitad de la herencia se divide por cabezas o estirpes entre loslegitimarios, entonces no habiendo descendientes por si o representados, la otra mitad de los bienes es la que el testador puede disponer de ella, es decir la de libre disposición.
Pero habiendo descendientesprevias las deducciones y agregaciones se dividen en cuatro partes, dos de ellas para las legítimas rigurosas, otra cuarta parte para las mejoras y la otra cuarta parte es la cuarta de libre...
Regístrate para leer el documento completo.