Costos abc
CONTABLE Y NIIF
Informe Especial
CONTABLE Y NIIF
CONTENIDO
2
04.
Sistema de registro de diferencias del Decreto 2548 del 2014
se estrenó en enero del 2015
06.
En NIIF para pymes las acciones preferenciales se reconocen
como un pasivo y no como patrimonio
08.
Solo en mayo del 2015 se conocerán las Pymes que deberán
entregar su ESFA a la Supersociedades
10.
¿En quécuenta se deberá contabilizar el “Impuesto de
Normalización Tributaria”?
11.
Sociedades en condición de vigiladas por Supersociedades
después de abril 01 del 2015
13.
Valoración de pasivos financieros al costo amortizado
16.
Estados Financieros bajo NIIF: fecha de cierre
18.
Trabajadores por Cuenta Propia, DIAN sigue sin diseñarles
sistema especial de registro
20.
Cálculo actuarial depensiones de jubilación, nueva circular
de Supersociedades con instrucciones
22.
SIRFIN, la nueva plataforma de la Supersociedades para
reportar informes en XBRL
24.
Instrumentos Financieros: deterioro del valor
26.
NIIF y trabajo de la Comisión de Expertos Reforma Tributaria:
¿habrá doble trabajo en el Congreso?
28.
Supersociedades vuelve a opinar sobre archivos electrónicos
para libros decontabilidad
29.
Combinación de negocios, reconocimiento de plusvalía
31.
Fallo de la Corte sobre compensación de pérdidas en el CREE
y el impuesto diferido bajo NIIF al cierre del 2014
Informe Especial
CONTABLE Y NIIF
CONTENIDO
3
33.
NIIF para pymes: listo el primer documento de actualización
35.
Decreto 2548 de 2014 sobre Sistema de registro de diferencias
es aclarado por la DIAN37.
Entidades sin ánimo de lucro también deben aplicar NIIF
39.
Contabilización del impuesto a la riqueza: CTCP ratifica su
posición
40.
Se establece la contribución del 2015 a Supersociedades
42.
Irregularidades en convergencia: Rafael Franco Ruiz presentó
nuevo derecho de petición
44.
Nueva Ley Anticontrabando aumentó sanciones a incumplimiento
de normas sobre libros de contabilidad
46.Impuesto a la riqueza: persisten las dudas sobre su
contabilización
48.
CTCP opina sobre la facturación bajo NIIF
50.
Bajo NIIF ¿cómo deben reconocerse los negocios fiduciarios?
52.
Plan de trabajo del CTCP
54.
Después del ESFA, ¿qué?
56.
Supersociedades confirma que matrices deben seguir
aplicando el método de participación patrimonial
58.
Aportes de asociados en cooperativas: CTCPopina sobre
su tratamiento bajo NIIF
59.
Consolidación de EE.FF.: diferencia entre las NIIF y la
Ley 222 de 1995
61.
CTCP opina sobre el manejo de la prima en colocación
de acciones bajo las NIIF
Informe Especial
CONTABLE Y NIIF
Publicado: marzo 4, 2015
http://actualice.se/8j9i
Sistema de registro de diferencias del
Decreto 2548 del 2014 se estrenó en
enero del 2015
De acuerdo con elDecreto 2548 de diciembre 12 del 2014, las empresas del Grupo 1 y 3, al momento
de preparar sus declaraciones tributarias del 2015, tendrían que hacerlo utilizando un “sistema de
registro de diferencias” o un “libro tributario”. Por tanto, si las primeras declaraciones del 2015
fueron las de “retención en la fuente de enero del 2015” y “autorretención del CREE de enero del
2015”, en ellas se tuvo quehaber estrenado el “sistema de registro de diferencias”.
E
n los artículos 1 a 4 del Decreto 2548 de diciembre del
2014 se dispuso que para las personas y entidades
obligadas a llevar contabilidad y que pertenezcan
a los Grupos 1 y 3 de la Convergencia hacia NIIF (las
cuales empiezan a llevar a partir de enero 01 del 2015 sus
registros oficiales de contabilidad conforme a sus nuevos
marcosnormativos), sería necesario que al momento de
preparar sus declaraciones tributarias de los períodos del
año 2015 en adelante tuviesen que llevar un “sistema de
registro de diferencias” o si no un “libro tributario”, pues las
cifras fiscales que lleven a sus declaraciones tributarias
deben seguir partiendo de cifras contables determinadas
conforme a lo indicado en los anteriores decretos 2649 y
2650...
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