Cramdown
El salvataje procede cuando habiendo vencido el periodo de exclusividad el deudor no obtuvo las conformidades previstas para el acuerdo preventivo, o sihubiera prosperado una impugnación al acuerdo (art. 51).
1. ¿Por qué procede? Referencia a la disposición del art 52
El fin de este mecanismo es tutelar a la empresa y a susacreedores, permitiendo así su reestructuración o reconversión, para así proteger tanto el patrimonio de los acreedores como del deudor.
El juez en función del art. 52 de la ley, hace primar elprincipio de conservación de la empresa, al imponer el acuerdo contra la voluntad de los acreedores integrantes de una categoría que no lo hubieren aprobado. Aquí se puede ver el “verdadero cramdown”.2. Sujetos a los que alcanza. Exclusiones
Este mecanismo alcanza a las Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades por Acciones, Sociedades Cooperativas, y a aquellassociedades en que el Estado Nacional, Provincial o Municipal sea parte.
La norma excluye
3. ¿Se aplica a los del art 288?
El artículo 289 excluye a los pequeños concursosy quiebras de los supuestos especiales del artículo 48.
4. Procedimiento.
Cuando no se hubieran obtenido las conformidades necesarias para el acuerdo preventivo el juez dispondrála apertura de un registro en el expediente para que en el plazo de 5 días se inscriban acreedores y terceros interesados en la adquisición de las acciones o cuotas representativas del capital socialde la concursada, a efectos de formular propuestas de acuerdo preventivo.
A partir de aquí el procedimiento dependerá de la existencia o no de inscriptos en el registro.
5.¿Garantiza la conservación de la empresa?
La opinión general indica que este mecanismo no garantiza la conservación de la empresa, ya que nada impide que luego de la adquisición de la...
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