Creacion de empresas
XI · INVESTIGACIÓN
5.- NORMATIVA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGIC A RESULTADO DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA INNOVACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
(Aprobada en Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2004 y publicada en BO-UCLM nº 77 de enero de 2005)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Estatutos de la Universidad deCastilla-La Mancha, aprobados por el Claustro en sesión celebrada el 27 de febrero de 2003 determinan, en su artículo 63, que la Universidad de Castilla-La Mancha incentivará el espíritu emprendedor entre los miembros de la comunidad universitaria y promoverá la creación de empresas innovadoras, con especial incidencia en aquellas empresas que tengan una base tecnológica y que exploten resultadosde la investigación. A su vez, tanto el artículo 84 de la Ley Orgánica de Universidades como el artículo 104 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, prevén la creación o la toma de participaciones en sociedades mercantiles, previa aprobación del Consejo Social a propuesta del Consejo de Gobierno, dentro de las previsiones contenidas en el presupuesto de cada ejercicio o en laprogramación plurianual de la Universidad. En concreto, a tenor del artículo 103 de los Estatutos Sociales de la UCLM, la participación de la Universidad en empresas podrá realizarse bien, en el marco de su función social de transferencia de tecnología y de aprovechamiento industrial de los resultados de la investigación, para la explotación de patentes o resultados de la investigación desarrolladospor investigadores de la misma, bien para intervenir en procesos de desarrollo industrial o tecnológico o bien, finalmente, para rentabilizar los excedentes de su patrimonio. A partir de ello, se especifican las tres modalidades básicas en las que, atendiendo a su finalidad, puede concretarse la propuesta de creación o participación en una empresa por parte de la UCLM: a) Atender a las necesidadesde agilización y mejora del funcionamiento de determinados servicios universitarios. b) Participar con otras universidades en proyectos comunes estratégicos. c) Explotar o participar en el desarrollo industrial de proyectos de investigación desarrollados por sus departamentos, centros, institutos o centros de investigación o su personal docente o investigador Junto a ello, los Estatutos Socialesde la Universidad de Castilla-La Mancha establecen también el marco normativo general de las propuestas de creación o participación en empresas para cualquiera de las finalidades señaladas en el párrafo anterior, fijando límites para minimizar el riesgo que asuma la Universidad y exigiendo la realización de un análisis económico-financiero de la viabilidad económica de las mismas.
1NORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha
XI · INVESTIGACIÓN
De este modo, tomando en consideración que corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha, como máximo órgano de gobierno de ésta, la formulación de la propuesta de creación de sociedades mercantiles o de la adquisición de participaciones en sociedades mercantiles, resulta conveniente que éste se dotede una regulación que, a partir del régimen previsto en los Estatutos Sociales de la Universidad de Castilla-La Mancha y en desarrollo del mismo, discipline el procedimiento y requisitos que han de ser cumplidos para la elaboración de tales propuestas. No obstante, en atención al interés actual de la Universidad de Castilla-La Mancha por impulsar la creación de empresas como mecanismo idóneo parapotenciar la transferencia de los resultados de la investigación, en colaboración con otros instrumentos que han demostrado su eficacia en el cumplimiento de este objetivo (particularmente, la Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación), así como por promover iniciativas emprendedoras entre los miembros de su comunidad universitaria y en su entorno, resulta adecuado limitar la...
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