creditos
Se denomina crédito público a la capacidad de los entes regidos por esta Ley para endeudarse. Las operaciones de crédito público se regirán por las disposiciones de estaLey, su reglamento, las previsiones de la ley del marco plurianual del presupuesto y por las leyes especiales, decretos, resoluciones y convenios relativos a cada operación
Quien autoriza lasoperaciones Nacional, Estadal y Municipal
Los entes regidos por esta Ley no podrán celebrar ninguna operación de crédito público
sin la autorización de la Asamblea Nacional, otorgada mediante leyespecial. Los estados, los distritos, los municipios y las demás entidades a que se refiere el Capítulo III del Título II de esta Ley, previo acuerdo del respectivo consejo legislativo, cabildo o concejomunicipal, enviarán la respectiva solicitud al Ejecutivo Nacional para que, una vez aprobada por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, sea sometida a la autorización de la AsambleaNacional.
Quien presenta la ley de Endeudamiento anual, quien la aprueba y cuál es la oportunidad de su prestación
Por encima del monto máximo a contratar autorizado por la ley de endeudamiento anualconforme al artículo precedente, sólo podrán celebrarse aquellas operaciones requeridas para hacer frente a gastos extraordinarios producto de calamidades o de catástrofes públicas, y aquéllas quetengan por objeto el refinanciamiento o reestructuración de deuda pública, las cuales deberán autorizarse mediante ley especial. En este último caso, la Asamblea Nacional podrá otorgar al Poder Ejecutivouna autorización general para adoptar, dentro de límites, condiciones y plazos determinados, programas generales de refinanciamiento
Una vez sancionada la ley de endeudamiento anual, el EjecutivoNacional procederá a celebrar las operaciones de crédito público. En todo caso será necesaria la autorización de cada operación de crédito público por la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea...
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