Crimen Solicitationis
En el documento, la Congregación del Santo Oficio fijaba los procedimientos para afrontar casos de clérigos (sacerdotes u obispos) de la Iglesia Católica Apostólicay Romana acusados de hacer uso del Sacramento de la Penitencia para llevar a cabo acercamientos de índole sexual con los fieles, así como los correspondientes castigos por estos actos; las normas queestablecía eran más concretas que aquellas incluidas en el Código de Derecho Canónico.3 Además, dio instrucciones de que se siguiesen los mismos procedimientos en caso de denuncias de comportamientoshomosexuales, pedófilos o zoófilos por parte del clero.
La directiva imponía al penitente la obligación de denunciar el delito de solicitación (n. 16), en el plazo de un mes, bajo pena deexcomunión latae sententiae (n. 18). También, una vez realizada la denuncia, el denunciante era advertido de guardar la confidencialidad, si fuera preciso, bajo pena de excomunión.
En 2001 y con motivo dela publicación del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (1990) y el Código de Derecho Canónico de 1983 —que reemplazaba al de 1917—, el Crimen sollicitationis fue revisado con la epístolaDe delictis gravioribus.
El Concilio de Trento (siglo XVI) recomendó la instalación de confesionarios en las iglesias para evitar el delito de solicitación cometido por el sacerdote católico queaprovechando la intimidad que imponía la confesión requería sexualmente a una feligresa o realizaba tocamientos deshonestos, lo que demuestra, según Joseph Pérez, que el delito "venía de lejos y estaba...
Regístrate para leer el documento completo.