Criminalistica
En estos eventos, está prohibido al agente encubierto sembrar la idea de la comisión deldelito en el indiciado o imputado. Así, sólo está facultado para entregar por sí, o por interpuesta persona, o facilitar la entrega del objeto de la transacción ilegal, a instancia o por iniciativa delindiciado o imputado.
De la misma forma, el fiscal facultará a la policía judicial para la realización de vigilancia especial, cuando se trate de operaciones cuyo origen provenga del exterior y endesarrollo de lo dispuesto en el capítulo relativo a la cooperación judicial internacional.
Durante el procedimiento de entrega vigilada se utilizará, si fuere posible, los medios técnicos idóneosque permitan establecer la intervención del indiciado o del imputado.
[Inciso CONDICIONALMENTE exequible] En todo caso, una vez concluida la entrega vigilada, los resultados de la misma y, enespecial, los elementos materiales probatorios y evidencia física, deberán ser objeto de revisión por parte del juez de control de garantías, lo cual cumplirá dentro de las treinta y seis (36) horas...
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