Criminologia
Se crea por esta Ley al Consejo Estatal de Adopciones como un órgano de colaboración, técnico y de consulta, el cual tendrá como objetivo general procurar y proteger el interés superior del menor sujeto a adopción. Este órgano colegiado, se integrará con diversasautoridades estatales; representantes del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, Comisión Estatal de Derechos Humanos; representantes de instituciones públicas y privadas que cuenten con un programa de adopciones y lo hayan operado durante un plazo no menor de doce meses o quien sin tener un programa de adopción tengan en custodia menores quepuedan ser sujetos de ellos; y los representantes de asociaciones civiles constituidas por adoptantes o adoptados, o ambos, cuyo objeto social sea promover y proteger la institución de la adopción.
LEY QUE CREA EL CONSEJO ESTATAL DE ADOPCIONES ARTICULO 1.- Se crea el Consejo Estatal de Adopciones como un órgano de colaboración, técnico y de consulta, el cual tendrá como objetivo generalprocurar y proteger el interés superior del menor sujeto a adopción. ARTICULO 2.- El Consejo Estatal de Adopciones tendrá las siguientes atribuciones: I.Unificar todos los programas de adopción que se apliquen en el Estado, con el fin de lograr la uniformidad de los mismos en las instituciones públicas y privadas que los lleven; Emitir la opinión respecto a los organismos, personas físicas o personasmorales de derecho privado a que se refiere la Ley de Beneficencia Privada para el Estado, en el Artículo 87 fracción I inciso l); DEROGADA; Coordinarse con las autoridades competentes a fin de cumplir con su objetivo general y las funciones propias del Consejo; Difundir los objetivos del Consejo Estatal de Adopciones; Llevar un registro de sus miembros; Instituir y mantener actualizado un padrón deinstituciones que tengan en custodia menores que puedan ser sujetos de adopción; Determinar las instituciones públicas y privadas competentes para realizar la evaluación psicológica y socioeconómica para la adopción; Elaborar su Reglamento Interno; y Las demás que le confiera ésta y otras leyes. ARTICULO 3.- El Consejo Estatal de Adopciones se integrará por: I.II.III.IV.Un Presidente honorario,que será el Gobernador del Estado; El Secretario General de Gobierno; El Procurador General de Justicia; El Secretario de Desarrollo Social;
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II.-
III.IV.V.VI.VII.VIII.IX.X.-
V.VI.VII.-
Un Presidente Ejecutivo, que será el Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; Un Secretario Técnico, que será el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Menor y laFamilia; Un representante del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia distinto a los previstos en las fracciones V y VI de este Artículo y que será designado por el Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; El Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; Los representantes de las instituciones públicas y privadas que cuenten con un programa deadopciones y lo hayan operado durante un plazo no menor de doce meses o quien sin tener un programa de adopción tengan en custodia menores que puedan ser sujetos de ello; y Los representantes de las asociaciones civiles constituidas por adoptantes o adoptados, o ambos, cuyo objeto social sea promover y proteger la institución de adopción, así como asesorar, orientar y brindar apoyo a sus integrantes, aquienes se encuentren en proceso de adopción, y a las instituciones públicas y privadas que tengan fines similares o que se vinculen a ellas.
VIII.IX.-
X.-
Los representantes de las instituciones y asociaciones privadas a que se refieren las fracciones IX y X de este Artículo serán determinados por la asamblea plenaria por mayoría de votos. Cada integrante propietario del Consejo...
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