Criterios Sobre La Validez Probatoria De La Titularidad De La Propiedad Inscrita En El Registro Público De La Propiedad
Not. Carlos Fernández Agraz
Respecto, al tema de la validez probatoria de las inscripciones de testimonios de escrituras en que se hubiere adquirido la propiedad de un inmueble en la inteligencia, de que los mismos se refieren a este tema desde el punto de vista de un litigio yno de la conformación de un instrumento público que tenga por objeto de alguna forma la disposición o la traslación de la titularidad del derecho de propiedad de un inmueble, encontrando dos vertientes, y en atención a la encomienda que se me hizo, este medio día, relativa a verificar criterios de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación o de Tribunales Colegiados de circuito, por esteconducto tengo a bien informar: a).- La primera de ellas, que se refiere a las copias certificadas por el director del Registro Público de la Propiedad, relativas a la inscripción de operaciones traslativas de la propiedad, mediante el citado sistema de “inscripción”, es decir en que el registro consiste en un extracto del instrumento, contenido en un Libro de Registro con control de número de inscripcióny de orden de registro, en este caso es incuestionable que dicho registro, no es suficiente para acreditar la propiedad, por que sólo acredita que existe un registro, que incluso puede adolecer de imprecisiones y errores respecto de la descripción de su matriz y por que los criterios reiterados concluyen en que sólo es documento suficiente para acreditar la titularidad del derecho, “el testimonio dela escritura”, expedido por el notario que la hubiere autorizado. b).- La segunda vertiente se refiere a las copias certificadas por el director del Registro Público de la Propiedad, relativas los registros en que se hubiere incorporado una copia fiel de la escritura (testimonio de incorporación) señalando que sería de un exagerado rigorismo aplicar el criterio anterior y que si el registro contieneuna réplica total del instrumento, entonces sí es documento suficiente apara acreditar la existencia del derecho. Sin embargo como quedó señalado, esos criterios tienen una óptica de litigio o controversia judicial, no de instrumentación de una escritura pública que formalice un acto de disposición o bien traslativo de la titularidad, toda vez que la presentación de una copia certificada por eldirector de esa institución de publicidad de actos jurídicos, en un procedimiento judicial, implica la necesidad de dar vista a la contraria para que se imponga de su contenido, y de estimarlo necesario realice las objeciones que en su derecho corresponda o promueva la compulsa con el original, en tanto que en un acto de disposición parcial o total de la propiedad, por una cuestión de orden lógico,el que lo
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PRECEDENTES
JURISDICCIONALES
transmite debe acreditar la existencia de su derecho con el original del primer testimonio o ulterior al mismo, que el notario autorizante de la escritura o el Director del archivo de Instrumentos Públicos, hubiere expedido, precisamente para el titular del derecho, por que ese documento tiene por finalidad acreditar la existencia del derecho.Si para la venta de automotores no se admite su traslación y trámite de registro de nuevo propietario en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas, sin que se exhiba el original de la factura con la correspondiente cesión de derechos o en su defecto se hubiere presentado ante el Ministerio Público una denuncia de robo o extravío de esa documental y por ello la propia Secretaría deFinanzas extendiera copia certificada de la copia de esa factura que obra en su archivo, con mayor razón este principio debe prevalecer en tratando de inmuebles. Por que en supuesto extravió del testimonio, deterioro que lo haga ilegible, robo, o cualquier otro motivo, lo más apropiado es que el interesado solicite la expedición de un segundo o ulterior testimonio, expresando los motivos por los que...
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