critica de alberto lenz
. En ella el profesor Dworkin desarrolla su visión del concepto de Derecho, iniciando una crítica estricta y puntual a dos teoríasque se vinculan con el Derecho y que él consideraba dominantes. Una de ellas, es la que refería a lo que
es el derecho
, y de una manera más explícita significaba una teoría sobre las condiciones necesarias y suficientes para que una proposición del derecho sea
válida
. Para Dworkin, esta era la teoría del positivismo jurídico, que sostiene que la verdad de las proposiciones legales consisteen hechos que hacen referencia a las reglas que ha sido adoptadas por instituciones sociales específicas y esto sería todo. La segunda una teoría sobre lo que
debe ser el derecho
y sobre cómo deben ser las instituciones legales conocidas. Esa teoría la vincula con el utilitarismo y en particular con la teoría de Jeremy Bentham. Dworkin no solo se propone criticar al positivismo jurídico, sinotambién al supuesto que ambas teorías tradicionales son recíprocamente independientes. A ello se sumará una crítica a la famosa frase pronunciada por Bentham de que los derechos humanos naturales a las personas son “disparates en zancos”.
Una teoría general del derecho debe ser para Dworkin, a la vez conceptual y normativa, la parte normativa supone que debe abarcar una teoría de la legislación,de la adjudicación y de la obediencia al derecho. Para Dworkin estos aspectos contemplan las cuestiones normativas del derecho desde el punto de vista del legislador, del juez y del ciudadano común. Con ello el autor plantea los puntos significativos de una teoría del derecho como ser la teoría de la legitimidad que permite determinar cuando una grupo de personas está autorizada a legislar y dela justicia legislativa, que describe aquello que los legisladores tienen derecho de hacer o están obligados a hacer; la teoría de la adjudicación que determina quienes son competentes para juzgar; y una teoría de la controversia, que supone toda adjudicación, esto es que normas han de utilizar los jueces para decidir los casos difíciles.
El tercer aspecto lo vincula con los límites de laobligación ciudadana de obediencia al derecho y la justificación de la coacción. La teoría normativa la conecta con la filosofía moral y política más general que puede depender tanto de la naturaleza humana como de la objetividad de la moral. En la parte conceptual tiene en cuenta la filosofía del lenguaje, la lógica y la metafísica.
La teoría de los enunciados jurídicos de Atienza y RuizManero
Atienza y Ruiz Manero dedican a buscar respuesta a esa pregunta los
cinco capítulos de su libro (más un sexto de conclusiones). Van desgranando
una serie de problemas centrales en los cuales se desglosa la cuestión general
de qué oraciones son los enunciados jurídicos.
El capítulo 1º está consagrado a la célebre dicotomía entre principios
y reglas, que fue puesta en boga por la crítica...
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