Cuadro de contravenciones de transito
COIP
DELITOS
REBAJA DE PUNTOS
MULTA
PRISIÓN
Art. 376
La persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas.
Revocatoria definitiva de la licencia de conducir.
Pena privativa de libertad de 10 a 12 años.Art. 377
Muerte culposa.- La persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado
Pena privativa de libertad de uno a tres años suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida la pena privativa de libertad.
Art. 378
Muerte provocada por negligencia de contratista o ejecutor de obra.- Lapersona contratista o ejecutor de una obra que por infringir un deber objetivo de cuidado en la ejecución de obras en la vía pública o de construcción, ocasione un accidente de tránsito en el que resulten muertas una o más personas
La persona contratista, será solidariamente responsable por los daños civiles ocasionados.
Pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Art. 379
Lesiones causadaspor accidente de tránsito.- En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones a las personas.
Reducción de diez puntos en su licencia.
Se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 152 reducidas en un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso.
Art. 380
Daños materiales.- La persona que como consecuencia de un accidente de tránsito cause daños materiales cuyo costo dereparación sea mayor a dos salarios y no exceda de seis salarios básicos unificados del trabajador en general.
En el caso del inciso anterior, la persona que conduzca un vehículo en el lapso en que la licencia de conducir se encuentre suspendida temporal o definitivamente.
Reducción de seis puntos en su licencia de conducir
Dos salarios básicos unificados del trabajador en general.
Sietesalarios básicos unificados del trabajador en general
Art. 381
Exceso de pasajeros en transporte público.- La persona que conduzca un vehículo de transporte público, internacional, intrarregional, interprovincial, intraprovincial con exceso de pasajeros
Pena privativa de libertad de seis meses a un año, , suspensión de la licencia de conducir por el mismo plazo.
Art. 382
Daños mecánicos previsiblesen transporte público.- La persona que conduzca un vehículo de transporte público con daños mecánicos previsibles, y como resultado de ello ponga en peligro la seguridad de los pasajeros
Pena privativa de libertad de treinta a ciento ochenta días, suspensión de la licencia de conducir por el mismo tiempo.
COIP
CONTRAVENCIONES
REBAJA DE PUNTOS
MULTA
PRISIÓN
Art. 383
Conducción de vehículocon llantas en mal estado.- La persona que conduzca un vehículo cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado.
En caso de transporte público, la pena será el doble de la prevista en el inciso anterior.
Disminución de cinco puntos en la licencia de conducir.
Pena privativa de libertad de cinco a quince días.
Art. 384
Conducción de vehículo bajo efecto de sustancias estupefacientes,psicotrópicas o preparados que las contengan.- La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan
Reducción de quince puntos de su licencia de conducir
Pena de treinta días de privación de libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas.
Art. 385
Conducción de vehículo en estado deembriaguez.- La persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez, será sancionada de acuerdo con la siguiente escala:
a. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos
b. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos
c. Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, la suspensión de la licencia por sesenta días y treinta...
Regístrate para leer el documento completo.