cuadros comparativos de codigos procesal civil
Código De Procedimiento Civil.
Comentario.
ARTÍCULO 227. DICTAMEN APORTADO POR UNA DE LAS PARTES. La parte que pretenda valerse de un dictamen pericial deberá aportarlo en la respectiva oportunidad para pedir pruebas.
Cuando el término previsto sea insuficiente para aportar el dictamen, la parte interesada podrá anunciarlo en el escrito respectivo y deberáaportarlo dentro del término que el juez conceda, que en ningún caso podrá ser inferior a diez (10) días. En este evento el juez hará los requerimientos pertinentes a las partes y terceros que deban colaborar con la práctica de la prueba.
El dictamen deberá ser emitido por institución o profesional especializado.
ART. 432.- MODIFICADO. Decreto 2282 de 1989, Art. 1. Num. 236. Trámite de la audiencia.Para el trámite de la audiencia se aplicarán las siguientes reglas: b) Oirá el dictamen de los peritos. Si estos no concurren, designará inmediatamente a quienes deban remplazarlos y de ser posibles les dará posesión; en caso contrario, lo hará dentro de los tres días siguientes al envío del aviso telegráfico de que trata el numeral 9. del artículo 9., y el dictamen se rendirá en la audiencia que seseñale para el quinto día siguiente a dicha posesión.
Con el nuevo código del proceso nos inversa en unos dictámenes escritos y no nos permite avanzar en el proceso oral. Mientras que en el código de procedimiento civil acoge el sistemas oral de una manera mejor que el código general del proceso por que los dictámenes y pruebas se deben de presentar de una forma oral. a pesar de la consagraciónde la oralidad como principio rector, el dictamen
Pericial preserva su forma predominantemente escrita.
Artículo 319. Trámite. El recurso de reposición se decidirá en la audiencia, previo traslado en ella a la parte contraria. Cuando sea procedente formularlo por escrito, se resolverá previo traslado a la parte contraria por tres (3) días como lo prevé el artículo 110.
Art. 349.- Trámite. Siel recurso se formula por escrito, este se mantendrá en la secretaría por dos días en traslado a la parte contraria, sin necesidad de que el juez, lo ordene; surtido el traslado se decidirá el recurso. El secretario dará cumplimiento al artículo 108.
La reposición interpuesta en audiencia y diligencia se decidirá allí misma, una vez oída la parte contraria si estuviere presente. Para este fin cadaparte podrá hacer uso de la palabra hasta por quince minutos.
Este artículo se modificara en cuanto a que el recurso se interpone en la audiencia y se decide en la misma audiencia. Sin embargo señala el proyecto que cuando sea procedente formularlo por escrito se corre traslado a la parte contrario por tres días, aumentando un día de traslado del que se encuentra el código actual por cuanto eltraslado actualmente es solo de dos días.
ARTÍCULO 331. PROCEDENCIA Y OPORTUNIDAD PARA PROPONERLA. INCISO 2.
La súplica deberá interponerse dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del auto, mediante escrito dirigido al magistrado sustanciador, en el que se expresarán las razones de su inconformidad. ART.
363.- MODIFICADO. DECRETO 2282 DE 1989, ART. 1. NUM. 180.PROCEDENCIA Y OPORTUNIDAD PARA PROPONERLA. Inciso 2.
La súplica deberá interponerse dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto, en escrito dirigido a la sala de que forma parte el magistrado ponente, con expresión de las razones en que se fundamenta.
Este inciso es igual en el código general del procedimiento a como esta en el código de procedimiento civil. Este inciso se elimina delcódigo general del proceso
Este parágrafo también presenta modificación en el del código general del procedimiento por cuanto el escrito de sustentación del recurso se debe dirigir al magistrado y no ante la sala como lo contiene el código actual.
Código General Del Proceso.
Código De Procedimiento Civil.
Comentario.
ARTÍCULO 321. PROCEDENCIA. Son apelables las sentencias de primera...
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