cualquier tonteria
La sucesión en Venezuela se puede conceptualizar, como una forma de adquirir la propiedad, ya que ésta pasa del causante a los herederos, quienes se hacen sus propietarios.
Nosotros, abogados especialistas en materia sucesoral con años de experiencia en el área, creímos conveniente realizar las siguientes consideraciones, a fin de aclarar algunas dudas de nuestroslectores a la hora de realizar la declaración del impuesto sucesoral ante el SENIAT, esperando le sean de gran ayuda:
1- La apertura de la sucesión se hace en el momento de la muerte, y en elúltimo domicilio del de cujus.
2- La declaración sucesoral debe hacerse ante el SENIAT, dentro de los 180 días hábiles, después de producido el fallecimiento del causante.
3- La vivienda quehaya servido de asiento permanente al hogar del causante y se trasmita con estos fines a sus herederos no paga el impuesto susesoral. (la vivienda principal).
4- La prescripción del impuestosucesoral opera a los seis años de fallecimiento del causante.
5- Para poder enajenar (vender) un bien mueble o inmueble dejado por el causante, necesariamente debe hacerse la declaración sucesoral.- Para poder realizar la declaración del impuesto, se debe sacar el RIF sucesoral para el cual se necesitan los RIF
personales de todos los herederos.
8- A mayor patrimonio mayorcarga impositiva.
.11- La apertura de la sucesión se hace en el momento y en el lugar del último domicilio del de cujus.
12- Los herederos pueden aceptar la herencia a beneficio de inventario o deforma pura y simple.
QUISITOS NECESARIOS PARA REALIZAR LA DECLARACIÓN SUCESORAL.
Todos los recaudos deben ser presentados en original y dos copias
1- Registro de información fiscal (RIF)Sucesoral.
2- Planilla del pago del impuesto.
3- Fotocopia de la cédula de identidad y del carnet del inpreabogado del abogado asistente.
4- Acta de defunción del causante.
7- Partida...
Regístrate para leer el documento completo.