cuentas
En Antofagasta de Chile, a 29 de March de 2014, .comparecen Don GABRIEL ARAYA GUZMAN , RUT 14567803-K, dirección Oficina Petronila 160 CASA 14, ciudad de Antofagasta,en adelante la parte “arrendadora” y DON CARLOS ELIAS TABORGA ANTONIO, RUT 15.208.525-7, en adelante la parte “arrendataria” los comparecientes son mayores de edad, quienes acreditaron identidad consus respectivas cédulas y exponen que han convenido en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento que se regirá exclusivamente por las cláusulas que a continuación se indican:
PRIMERO: Laparte propietaria y/o arrendadora da en arrendamiento a la parte arrendataria, quien recibe en tal carácter la casa, ubicada en OFICINA PETRONILA 160 CASA 14, CONDOMINIO BORDEMAR 6, en la ciudad deAntofagasta, el que se entrega en buen estado de conservación.
SEGUNDO: La renta será la suma de $550.000,-, mensuales, que la parte arrendataria se obliga a pagar en forma anticipada, dentro de losprimeros cinco días de la fecha de pago acordada en este contrato. La renta se reajustará anualmente de acuerdo al alza del Índice de Precios al Consumidor dictado por el Instituto Nacional deEstadísticas y Censos.
TERCERO: El no cumplimiento oportuno del pago de arrendamiento, dará derecho a la parte arrendadora a solicitar el término del contrato y restitución del inmueble, sin perjuiciodel pago que deberá efectuar la parte arrendataria por gastos de abogado, receptor, costas procesales y demás que pudieran originarse con motivo del pago de las rentas adeudadas, consumos de serviciosy restitución del inmueble en el estado que el arrendatario lo recibió. CUARTO: Conjuntamente con la renta mensual, será obligación de la parte arrendataria el pago de luz, agua, gas y gastos comunes,en las fechas correspondientes al vencimiento de cada una de ellas.
QUINTO: El arrendamiento comenzará a regir del 01 de Marzo del 2014 y durará 1 año. Pudiéndose renovar según acuerden las...
Regístrate para leer el documento completo.