Cuestionario De Penal Ii
Actos conclusivos (Art 315 al 326 COPP)
A) Archivo Fiscal
B) El sobreseimiento
1- ARCHIVO FISCAL:
Definición: es la determinación tomada por el Ministerio Público de suspender el proceso, al estimar que el resultado de la investigación resulta insuficiente para acusar o solicitar el sobreseimiento.
Regulación del Archivo Fiscal en el COPP
Artículo 315Archivo fiscal. Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerdael archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.
Parágrafo Único: En los casos de delitos en los cuales se afecte el patrimonio del Estado, o intereses colectivos y difusos, el fiscal del Ministerio Público deberá remitir al Fiscal Superior correspondiente, copia del decreto de archivo con las actuacionespertinentes, dentro de los tres días siguientes a su dictado. Si el Fiscal Superior no estuviere de acuerdo con el archivo decretado, enviará el caso a otro fiscal a los fines de que prosiga con la investigación o dicte el acto conclusivo a que haya lugar.
Procedencia del Archivo Fiscal:
1. Una vez agotadas todas las diligencias investigativas pertinentes al caso concreto.
2. Queno se hayan recabado suficientes elementos de convicción acerca de la existencia de un hecho punible, o respecto la participación de determinado sujeto en el mismo.
3. Que no se desprenda la existencia de una causal que haga procedente el sobreseimiento.
4. Que exista la posibilidad real y concreta de incorporar ulteriormente nuevas fuentes de prueba susceptibles de esclarecerlos hechos objeto de la investigación.
Oportunidad Para El Decreto De Archivo Fiscal.
El archivo fiscal procede en la fase preparatoria del proceso, una vez realizadas todas las diligencias de investigación ordenadas por el Ministerio Público, tendentes a la búsqueda de elementos de prueba que generen plena convicción acerca de la perpetración de un hecho punible y la individualización desu autor o partícipe.
Requisitos del Decreto de Archivo Fiscal
1. Base legal de actuación que faculta al representante del Ministerio Público para decretar el archivo (artículos 285, numeral 6 de la CRBV, 34, ordinal 9, de la LOMP, y artículos 315 y 108, numeral 5 del COPP)
2. Descripción de los hechos objeto de la investigación
3. Señalamiento de lasdiligencias de investigación
4. Motivación del decreto de archivo fiscal
5. La fecha del decreto del archivo
Efectos del Archivo Fiscal
1. La investigación penal, una vez decretado el archivo, queda suspendida, por ende, no es admisible su continuación.
2. El representante del Ministerio Público no está en la facultad de proseguir con otra diligenciainvestigativa, salvo que aparezcan nuevos elementos de prueba que justifiquen la reapertura de la causa.
3. Una vez decretado el archivo de las actuaciones, “cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado“. Un efecto inmediato del archivo lo supone el cese inmediato de toda medida de aseguramiento cautelar (personal o real) y de aseguramiento probatorio impuesta contra elimputado o sus bienes
Notificación del Decreto de Archivo:
a) A la Víctima:
Artículo 120, numeral 6, del Código Orgánico Procesal Penal, es un derecho inherente a la víctima en el proceso penal “ser notificada de la resolución del fiscal que ordena el archivo de los recaudos”.
Idéntico mandato impone el artículo 315 ejusdem, cuando prescribe que la resolución de archivo fiscal deberá...
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